Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 18/07/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 19 de junio de 1998, de la Dirección General de Formación Profesional y Solidaridad en la Educación, para el desarrollo del Programa de Formación en Centros de Trabajo.

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La Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 1 de septiembre de 1993, por la que se regula el programa de formación en centros de trabajo para alumnos de Formación Profesional y Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, en sus disposiciones adicionales faculta a esta Dirección General a establecer las cuantías de las ayudas para alumnos y empresas y a dictar cuantas disposiciones sean necesarias par el desarrollo e interpretación de la citada Orden.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. 1. La cuantía de las ayudas a los alumnos y alumnas participantes en el programa de formación en centros de trabajo, previstas en el artículo 2 de la Orden de 1 de septiembre de 1993, que regula este programa, será de hasta 650 pesetas por jornada. Asimismo, las ayudas a empresas e instituciones colaboradoras de titularidad privada serán de hasta 650 pesetas por jornada y alumno.

2. Las solicitudes de las ayudas correspondientes a alumnos y empresas e instituciones colaboradoras se formularán en los modelos que se adjuntan a la presente Resolución como Anexos I y II.

Segundo. Los Centros docentes al elaborar el Plan de Formación en Centros de Trabajo previsto en el artículo 9 de la Orden de 1 de septiembre de 1993, anteriormente citada, considerarán los siguientes aspectos:

a) Análisis de las necesidades formativas que pueden ser satisfechas en la Empresa o Institución colaboradora.

b) Objetivos generales.

- Completar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos en el Centro educativo con el fin de que los alumnos alcancen mejores y más ajustados niveles de cualificación profesional.

- Posibilitar la adquisición de técnicas y capacidades que requieren instalaciones, equipamientos, organizaciones y estructuras propias de centros de producción y que por su naturaleza y características no pueden darse en los Centros educativos.

- Favorecer el conocimiento de la estructura organizativa y de las relaciones laborales de los sectores productivos relativos a los estudios que cursa el alumno o alumna, facilitándole su transición a la vida laboral activa.

- Fomentar en el alumno y alumna la autonomía, creatividad profesional y responsabilidad, para resolver cuestiones que se presentan en la realidad laboral y buscar soluciones con la necesaria independencia.

- Adaptar los conocimientos adquiridos por el alumno o alumna en el Centro educativo a las necesidades reales de las empresas de su entorno productivo.

c) Descripción de las actividades del programa formativo, que en todo caso deben:

- Referirse a actividades reales.

- Permitir la utilización de documentación técnica real.

- Permitir la utilización de los medios e instalaciones del proceso productivo de la Empresa o Institución colaboradora.

- Posibilitar la integración de los alumnos o alumnas en la estructura productiva.

- Acceder al conocimiento del sistema de relaciones laborales.

- Permitir experiencias profesionales en las distintas

secciones o puestos de trabajo.

d) Temporalización de las tareas a realizar, incluyendo un diagrama-calendario de las actividades programadas,

estableciendo la secuenciación más conveniente, fijando los tiempos asignados a cada actividad y, en general, estableciendo los criterios de distribución de los alumnos y alumnas por actividades y Centros de Trabajo.

Tercero. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia dispondrán lo necesario para la correcta aplicación de esta Resolución, así como su difusión a todos los sectores de la Comunidad Educativa y, en su caso, a los interlocutores sociales.

Disposición final. De acuerdo con lo establecido en el

Decreto 68/1993, se autoriza a los Delegados Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia para realizar las acciones de su competencia en materia de gestión del gasto y contratación para el Programa de Formación en Centros de Trabajo.

Sevilla, 19 de junio de 1998.- La Directora General, Carmen García Raya.

ANEXO I

Don/Doña ..................., como .................... de la empresa ............ con CIF/NIF .............. de la localidad ............. (..............), con domicilio

en .................

Expone:

Que durante el período comprendido entre el ... / ... / ..... y el ... / ... / ..... van a realizar su fase de Formación en Centros de Trabajo ........ alumnos del Centro ............. de ..................con un total de ......... jornadas y por ello

Solicita:

De la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia la ayuda correspondiente para sufragar los gastos ocasionados por la realización de la mencionada fase formativa.

En ................. a ..... de .................. de 199 ...

Fdo.: ......................

(Sello de la empresa)

VºBº

El/La Director/a.

Fdo.: ...............

Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia.

ANEXO II

Don/Doña ..............................................., con NIF ........... y con domicilio en calle/plaza ........ localidad .................provincia ..................... como alumno/a de ................................ curso del Centro .............., de ............(..................).

Expone:

Que durante el período comprendido entre

el ... / ... / ..... y el ... / ... / ..... va a realizar ............... jornadas correspondientes al programa de Formación en Centros de Trabajo, teniendo que desplazarse para realizar cada jornada ............. km y por ello

Solicita:

De la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia la ayuda correspondiente para su desplazamiento.

En .................. a ..... de .................. de 199 ....

Fdo.: ......................

(Alumno, padre o tutor)

VºBº

El/La Director/a.

Fdo.: ...............

Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia.

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