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De conformidad con lo previsto en el art. de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el punto 1º del Acuerdo de 10 de enero de 1989 del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a todas las Consejerías y Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía a la percepción de precios públicos por la venta de ediciones que publiquen, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo único. El precio público por la venta de la publicación abajo referenciada queda fijado para el año 1998 en la cuantía que se indica:
Revista Andaluza de Doctrina Social.
Ejemplar único: 3.000 ptas.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de junio de 1998
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
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