Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 28/07/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 30 de junio de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se deja sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de El Guijo (Córdoba), efectuada a favor de don Juan Bosco Castilla Fernández.

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Visto el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de El Guijo (Córdoba), de fecha 12 de junio de 1998, en el que se accede a la solicitud formulada por don Juan Bosco Castilla Fernández, Secretario del Ayuntamiento de Torrecampo, perteneciente asimismo a la provincia de Córdoba, por la que se solicita se deje sin efecto el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a su favor mediante Resolución de la entonces Dirección General de Administración Local y Justicia de 20 de marzo de 1995, motivada por el volumen de trabajo de la Secretaría del Ayuntamiento de Torrecampo (Córdoba), de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de El Guijo (Córdoba), a favor de don Juan Bosco Castilla Fernández, NRP/68/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Torrecampo (Córdoba).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 30 de junio de 1998.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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