Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 01/08/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 30 de junio de 1998, por la que se integra en la Función Pública Andaluza y se adscribe a la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía el personal traspasado de las Diputaciones Provinciales al Instituto Andaluz de la Mujer.

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Con la aprobación del Decreto 265/1997, de 11 de noviembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía, correspondiente al Instituto Andaluz de la Mujer, se cumple con el primer objetivo planteado en su preámbulo, consistente en completar la red periférica de centros de prestación directa de servicios en el ámbito de la mujer. En dicho Decreto, además de crearse los centros provinciales de la mujer, antes gestionados a través de las Diputaciones Provinciales, se define el perfil que requieren ciertos puestos del Instituto para desarrollar adecuadamente los programas sobre igualdad de oportunidades, intervención social y jurídica y participación en el ámbito competencial de la mujer.

Según lo expuesto y habiendo optado el personal que venía realizando los programas de atención directa de la mujer en los centros de las Diputaciones por prestar sus servicios en dichos centros, se procede por la presente Orden a su integración en las categorías profesionales del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Andalucía y a su adscripción a puestos de relación de puestos de trabajo correspondientes al Instituto Andaluz de la Mujer.

De conformidad con lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley

7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley

6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

DISPONGO

Artículo 1. Integración del personal traspasado de las Diputaciones Provinciales.

Queda integrado en los grupos y categorías profesionales del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía, el personal que se indica en el Anexo de esta Orden.

Artículo 2. Adscripción del personal traspasado de las Diputaciones Provinciales.

Queda adscrito el personal indicado en el Anexo, a los puestos y con el modo de ocupación detallado en el mismo.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el 1 de julio de 1998.

Sevilla, 30 de junio de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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