Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 13/08/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 22 de junio de 1998, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento denominado Las Pilas-Mojácar la Vieja (Almería).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Tener por incoado expediente de declaración de Zona Arqueológica, como Bien de Interés Cultural, a favor del yacimiento denominado Las Pilas (Mojácar, Almería), cuya descripción y delimitación literal y gráfica figuran en el Anexo a la presente disposición.

Segundo. Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor, en particular la tramitación se llevará a cabo por la Delegación Provincial de Almería, conforme a lo dispuesto en el apartado primero.2 de la Resolución de 4 de mayo de 1998, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico en las Delegaciones Provinciales de la Consejería (BOJA núm. 61, de 2 de junio).

Tercero. Hacer saber al Ayuntamiento de Mojácar que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

Cuarto. Que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 22 de junio de 1998.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

ANEXO

Descripción.

EL yacimiento arqueológico de Las Pilas-Mojácar la Vieja es un asentamiento calcolítico situado en las estribaciones de Sierra Cabrera. Está limitado al S-SE por el barranco de Las Pilas y al N-NO por un pequeño barranco que lo separa de Mojácar la Vieja, avanzando en forma de espolón hacia el río Aguas situado al N-NE.

La superficie total es de 424.000 m¯.

La mayor parte del yacimiento está ocupada por frutales y pequeñas huertas. Las roturaciones para cultivos y los desmontes de tierra han alterado la fisonomía del lugar, ofreciéndonos una impresión de accesibilidad que debe distar bastante de la imagen originaria.

Pese a lo reducido del área excavada, si lo relacionamos con la extensión total del asentamiento, contamos con una serie de datos que nos permiten conocer algo de las estructuras domésticas y defensivas de este poblado.

Las cabañas excavadas corresponden a las fases más tardías. De forma circular y con un diámetro de unos 5 metros, presentan un zócalo de piedra de desigual tamaño con una altura máxima conservada de 0,4 metros aproximadamente. Las caras son muy irregulares, pudiendo estar revocadas al interior para homogeneizar la superficie.

Entre las cabañas, la excavada en el corte 5 presentaba un hogar circular central de 1 metro de diámetro y otro hogar más reducido (0,6 metros de diámetro) en un área muy próxima. Una estructura de grandes piedras dispuestas verticalmente, junto al zócalo de la cabaña, que servían de contenedor completaban la infraestructura doméstica.

En otra de las cabañas, en la ampliación del corte 5, hay que destacar la aparición de una estructura formada por piedras, similar a la descrita anteriormente, pero que contenía

únicamente tierra muy homogénea y de granulometría muy fina. Junto a esta estructura apareció un vaso cerámico de grandes dimensiones y un número muy elevado de pesas de telar en distinto grado de elaboración. Probablemente, la tierra contenida en la estructura de piedras se utilizaría para la fabricación de estas pesas.

A fases anteriores, probablemente Cobre Medio, corresponde una estructura de fortificación que únicamente ha podido ser definida en parte por las propias limitaciones de la

intervención arqueológica. Se trata de un muro construido con grandes piedras que presenta la cara exterior en forma de talud, siendo la interior vertical. El tramo documentado ofrece una trayectoria curvilínea a lo largo de unos 6 metros, con una altura máxima conservada de 1 metro.

A lo largo de toda la secuencia han aparecido abundantes restos cerámicos, así como útiles realizados en piedra (tallada y pulimentada) y hueso que siguen los patrones característicos del mundo calcolítico.

Por lo que respecta a Mojácar la Vieja, los datos que se tienen corresponden únicamente a una protección superficial del asentamiento, ya que no se ha realizado ninguna excavación arqueológica.

En época musulmana igualmente se ocupa este cerro. Así, en la cima se construye un aljibe de grandes dimensiones, quedando la ladera S, la de la solana, cubierta en gran parte por casas escalonadas para salvar la fuerte pendiente.

Pese a que la información que facilitan las fuentes escritas sobre la Mojácar musulmana es más bien escasa, un estudio de este asentamiento puede ofrecernos interesantes datos

urbanísticos, arquitectónicos, etc., para las primeras

comunidades islámicas al tratarse de un asentamiento abandonado por un traslado de población y que, por tanto, no ha sufrido posteriores alteraciones.

DELIMITACION DEL BIEN

La Zona Arqueológica de Las Pilas-Mojácar la Vieja queda delimitada por los lados de una figura poligonal cuyos vértices tienen las siguientes coordenadas UTM:

X Y

A 610.610 4.112.190

B 602.020 4.112.110

C 602.140 4.112.100

D 602.300 4.112.120

E 602.310 4.112.110

F 602.220 4.111.910

G 602.230 4.111.870

H 602.260 4.111.840

I 602.250 4.111.820

J 602.160 4.111.780

K 602.100 4.111.730

L 601.940 4.111.720

LL 601.870 4.111.710

M 601.620 4.111.720

N 601.570 4.111.730

Ñ 601.560 4.111.670

O 601.510 4.111.620

P 601.500 4.111.590

Q 601.350 4.111.380

R 601.280 4.111.460

S 601.190 4.111.760

T 601.270 4.111.760

U 601.470 4.111.930

V 601.490 4.111.990

W 601.490 4.112.080

X 601.520 4.112.130

Y 601.610 4.112.120

Z 601.660 4.112.170

La longitud de los segmentos que unen los vértices del área poligonal delimitada es la siguiente:

A-B: 190 metros.

B-C: 120 metros.

C-D: 160 metros.

D-E: 110 metros.

E-F: 140 metros.

F-G: 40 metros.

G-H: 50 metros.

H-I: 30 metros.

I-J: 100 metros.

J-K: 70 metros.

K-L: 170 metros.

L-LL: 60 metros.

LL-M: 250 metros.

M-N: 50 metros.

N-Ñ: 70 metros.

Ñ-O: 50 metros.

O-P: 40 metros.

P-Q: 260 metros.

Q-R: 110 metros.

R-S: 320 metros.

S-T: 70 metros.

T-U: 270 metros.

U-V: 60 metros.

V-W: 100 metros.

W-X: 60 metros.

X-Y: 90 metros.

Y-Z: 70 metros.

Z-A: 180 metros.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]