Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 2/1/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 238/1998, de 24 de noviembre, mediante el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

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PREAMBULO

La aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) ha supuesto una profunda transformación del sistema educativo no universitario, que repercute de forma directa en la organización de los centros públicos de enseñanza, inmersos en un proceso de transformación y adaptación a las directrices contenidas en la mencionada Ley. Así, mediante Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 28 de julio de 1997 se ha producido la creación de veintinueve Secciones de Institutos de Enseñanza Secundaria, y el cambio de dependencia de centros de otras ya existentes. Además, el Decreto 269/1997 de 25 de noviembre, dispuso la creación de sesenta y dos Institutos de Enseñanza Secundaria, por la transformación de Secciones y Colegios de Educación Infantil y Primaria. Dado que, según lo que establece la mencionada LOGSE, es competencia de la Administración Autónoma la conservación, mantenimiento y vigilancia de los centros educativos destinados a la enseñanza secundaria, corresponde a esta Comunidad asignarles los recursos humanos necesarios para la correcta ejecución de tales funciones.

A tal fin, se hace necesaria una modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación y Ciencia, que se concreta, por una parte, en la creación de cincuenta y cuatro plazas de Auxiliares Administrativos y ochenta y cuatro de Ordenanzas, que quedan adscritos a los Centros de Educación Secundaria de nueva creación. Por otra parte, y a la vista de la transformación de centros operada mediante el citado Decreto 269/97 de 25 de noviembre, se hace necesario el cambio de adscripción a centro de destino de determinados puestos de trabajo con funciones vinculadas a los centros de enseñanza infantil y primaria.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General y en la Comisión del V_ Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2. g de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública Andaluza y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de noviembre de 1998

DISPONGO

Artículo 1. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

Se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia, en los términos previstos en el Anexo 1 del presente Decreto.

Artículo 2. Adscripción del personal laboral.

El personal laboral relacionado en el Anexo 2 de este Decreto, queda destinado a los puestos de trabajo que se indican, que desempeñarán con el mismo carácter de ocupación que tuvieran en el puesto anterior.

Disposición adicional única. Modificación Presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar

cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de noviembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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