Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 28/08/1999

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ANUNCIO sobre Resolución de expediente sancionador.

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De conformidad con lo dispuesto en el art 59.4 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación, se ha resuelto la publicación de la siguiente Resolución de expediente sancionador (Ref.133/99):

Visto el expediente sancionador seguido contra don Joaquín García Cernuda Calleja (DNI 31.070.467) incoado el 5-5-99 como consecuencia de denuncia de los Servicios de Inspección y Vigilancia de esta Autoridad portuaria de fecha 20-7-98 (12,15 horas), expediente que se ha tramitado con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Orden de 1 de marzo de 1995, BOJA núm. 41, de 15 de marzo); Ley 27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE núm. 283, de 25 de noviembre; Ley 62/97, de modificación de la Ley 27/92, BOE núm. 312, de 30 de diciembre), y Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (R.D. 1398/1995, de 4 de agosto, BOE núm. 189, de 9 de agosto), y en el que por el instructor se ha formulado la preceptiva Propuesta de Resolución que se acepta en su integridad, y

1. Resultando los siguientes hechos imputados al expedientado: «Haber estacionado un vehículo (SE-4564-BD) en zona no autorizada del Puerto de Estepona (Málaga)¯.

2. Resultando: Que por el expedientado sí se han formulado alegaciones, con fecha de 11-5-99, y que en síntesis se resumen:

- Que niega los hechos que se le imputan.

- Que solicita la práctica de prueba consistente en la aportación por el Agente denunciante de los elementos probatorios en que se fundamenta el hecho denunciado.

- Que desconoce la existencia de señal de prohibición del estacionamiento a que se refiere la denuncia formulada.

- Que ha prescrito la sanción.

Diligencias practicadas a continuación:

Con fecha 13-5-99: Informe alegaciones Agente de la Autoridad denunciante.

Con fecha 24-5-99: Propuesta de Resolución.

Considerando que los hechos son constitutivos de infracción administrativa leve del Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y prevista en sus arts. 3.2, 9, 53.1.e), 54 y 61 en relación con el art. 114.1 de la Ley 27/92, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. De dicha infracción aparece en concepto de autor el expedientado, al carecer las alegaciones formuladas de valor exculpatorio, al no haberse desvirtuado los hechos objeto de la denuncia, que se basan en el testimonio del Agente de la Autoridad denunciante, que por haber comprobado los hechos «in situ¯ y en virtud de lo dispuesto en el art. 3.2 del Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, hace prueba de la realidad de los mismos.

En este sentido, y ante las alegaciones presentadas por el expedientado, con fecha de 13-5-99, se efectúa «Informe alegaciones¯ por el Agente de la Autoridad denunciante, haciendo constar expresamente: «En relación con la denuncia interpuesta en fecha 20-7-98 (12,15 horas) contra don Joaquín García Cernuda Calleja emito el presente informe para ratificar el motivo de dicha denuncia, haciendo además la aclaración de que el vehículo se encontraba estacionado encima de la acera que se encuentra frente a la nave nueva de la zona de Levante del Puerto de Estepona¯.

Así, la ratificación del contenido del Acta por parte del Agente autor de la misma cuenta con un expreso apoyo en la jurisprudencia: la presunción de veracidad del Acta «destruye la presunción de inocencia una vez ratificada cumplidamente por el Agente que presenció los hechos ante la autoridad que ejerce la potestad sancionadora¯ (STS 5ª, 13 de diciembre de 1988).

Asimismo, se detalla que el presente expediente sancionador se ha tramitado, como expresamente se hizo constar en el documento «Incoación de expediente sancionador¯, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley

27/92, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Por otra parte, se hace constar que no se ha producido la prescripción que invoca art. 117.1 Ley 27/92: «El plazo de prescripción de las infracciones será de cinco años para las muy graves, tres años para las graves y un año para las leves¯.

Teniendo en cuenta la naturaleza y efectos de la conducta constitutiva de infracción, y de acuerdo con el principio de proporcionalidad que ha de presidir el ejercicio de la potestad sancionadora. Procede hacerle aplicación de las sanciones y responsabilidades previstas en el art. 120 de la Ley 27/92.

Este Director Gerente de la Empresa Pública Puertos de

Andalucía, de conformidad con lo previsto en el art. 18.1.g) de los Estatutos de esta Entidad; Decreto 126/92, de 14 de julio, BOJA núm. 70, de 23 de julio, sobre la competencia al respecto:

ACUERDA

Imponer al expedientado Joaquín García Cernuda Calleja la sanción de multa de 10.000 ptas., que deberá hacer efectiva en la entidad Unicaja 2103, Sucursal 1074, DC 18, núm. de cuenta

0230000011, en el plazo de un mes siguiente al recibo de la presente, remitiendo a los Servicios Centrales de esta Empresa Pública Puertos de Andalucía en Sevilla, C/ San Gregorio, 7, C.P. 41004, el justificante de dicho ingreso, exigiéndose en otro caso su importe por vía ejecutiva, incrementado con el 20% del recargo de apremio y, cuando proceda con los

correspondientes intereses de demora. (Art 24 de los Estatutos de la Entidad).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de

conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de

13 de enero. Sevilla, 24 de mayo de 1999. El Director Gerente. Fdo.: José Clavero Salvador.

Sevilla, 2 de agosto de 1999.- El Secretario General, Manuel León Prieto.

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