Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 21/09/1999

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, por el que se somete a información pública el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de Laderas de Morana, en Lucena (Córdoba).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de «Laderas de Morana¯, en Lucena (Córdoba), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; el artículo 13.1 de su Reglamento de desarrollo; Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, y el artículo 86 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre.

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, Departamento de Protección del Patrimonio Histórico, en Córdoba, Avda. Gran Vía Parque, núm.

26, de nueve a catorce horas.

Córdoba, 24 de agosto de 1999.- La Delegada, Rafaela Valenzuela Jiménez.

A N E X O

DELIMITACION LITERAL Y GRAFICA

El yacimiento denominado «Laderas de Morana¯, cuyos orígenes se remontan al Bronce Final orientalizante, siglos VII-VI a.C., se localiza especialmente en la zona este del cerro, al suroeste del casco urbano de Lucena, cerca de la carretera comarcal Lucena-Jauja.

La Zona Arqueológica de la «Loma de Morana¯ describe una figura poligonal de ocho puntos determinados por sus correspondientes coordenadas UTM, siendo éstas las siguientes:

X Y

A 359.440 4.136.098

B 359.475 4.136.098

C 359.600 4.136.194

CH 359.698 4.136.212

D 359.738 4.136.204

E 359.740 4.136.150

F 359.870 4.136.012

G 359.785 4.135.940

H 359.675 4.135.880

I 359.620 4.135.890

J 359.455 4.135.850

K 359.438 4.135.980

L 359.440 4.136.078

Las líneas rectas que unen entre sí los vértices contiguos del polígono de delimitación tienen las siguientes longitudes (en metros):

A-B: 30.

B-C: 150.

C-CH: 95.

CH-D: 53.

D-E: 60.

E-F: 180.

F-G: 112.

G-H: 128.

H-I: 65.

I-J: 165.

J-K: 140.

K-L: 100.

L-A: 35.

Las parcelas de suelo rústico que quedan afectadas por la delimitación de la zona arqueológica son las siguientes:

Polígono 77:

- Parcela 18 (parcialmente).

- Parcela 21 (parcialmente).

- Parcela 23.

El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Zona Arqueológica, queda delimitado gráficamente por una figura poligonal de 13 vértices cuyas coordenadas UTM son las siguientes:

X Y

LL 359.335 4.135.980

M 359.320 4.136.284

N 359.460 4.136.378

O 359.540 4.136.360

P 359.685 4.136.385

Q 359.855 4.136.287

R 359.890 4.136.223

S 359.885 4.136.175

T 359.995 4.136.068

U 359.945 4.136.017

V 359.872 4.135.900

X 359.658 4.135.820

Y 359.442 4.135.832

Las líneas rectas que unen entre sí los vértices contiguos del polígono tienen las siguientes longitudes (en metros):

LL-M: 310.

M-N: 143.

N-O: 50.

O-P: 145.

R-Q: 190.

Q-R: 170.

R-S: 200.

S-T: 130.

T-U: 230.

U-V: 90.

V-X: 70.

X-Y: 56.

Y- LL: 208.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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