Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 28/09/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS (GRANADA)

ANUNCIO de bases.

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BASES

De la oposición libre para cubrir dos puestos de trabajo de Policía Local de este Ayuntamiento.

Primera. Objeto de la convocatoria: La provisión en propiedad de dos puestos de trabajo de Policía Local mediante oposición libre. Dicha plazas se hallan integradas dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, grupo retributivo D.

Segunda. Para ingresar es necesario que los aspirantes, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta.

c) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Estar en posesión del nivel de titulación de Graduado Escolar.

f) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, no obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A-2 y B-2 (BTP).

h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

i) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función propia del cargo (no afectarle las exclusiones de la Orden de 29-1-93).

Tercera. Instancias: Los aspirantes que deseen tomar parte en esta oposición dirigirán las instancias o solicitudes al Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales (contados a partir del anuncio del extracto de esta convocatoria en el BOE) en que harán constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de la RJPAC.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de tres mil pesetas (3.000 ptas.).

Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el BOP y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose quince días para reclamaciones.

Cuarta. Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Dos Concejales de este Ayuntamiento, un representante de la Junta de Andalucía, el Secretario de la Corporación, un funcionario Municipal como Delegado de Personal y un Policía Local.

Secretario: Un funcionario Administrativo de este Ayuntamiento.

Se designarán suplentes que, simultáneamente con los titulares, integrarán el Tribunal.

La composición del Tribunal y designación de sus miembros se hará pública en el BOP así como en el tablón de edictos de la Corporación.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando concurran cuatro vocales y el Presidente.

El Tribunal tendrá la categoría cuarta a efectos de la

percepción de asistencias.

Quinta. Comienzo, desarrollo y pruebas de la oposición: Las pruebas de la oposición no podrán comenzar, hasta transcurridos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el extracto del anuncio de esta convocatoria en el BOE.

Para determinar el orden de actuación de los opositores, se verificará un sorteo, que se hará público en el BOP y será expuesto en el tablón de edictos de la Corporación. Asimismo, se anunciará en el BOP el día, hora y local en que habrán de tener lugar las pruebas.

Los opositores serán convocados para cada prueba en llamamiento único.

Las pruebas de la oposición serán cuatro.

Primera prueba. Consistirá en una prueba de aptitud física cuya práctica será la realización de ejercicios según Anexo I que figura al final de estas bases. Se calificará de apto o no apto.

Segunda prueba. Consistirá en un examen médico. Se calificará de apto o no apto.

Tercera prueba. Consistirá en una entrevista de carácter psicotécnico y personal, así como test, dirigidos a determinar las aptitudes y las actitudes del aspirante. Se calificará de apto o no apto.

Cuarta prueba. Consistirá en contestar por escrito un

Cuestionario de preguntas sobre las materias del programa, con formulación múltiple, siendo sólo una de ellas la correcta. Asimismo, se realizará la siguiente resolución práctica:

Resolución de un caso práctico cuyo contenido estará

relacionado con el temario.

El tiempo de la prueba será de tres horas.

Cada fase de esta prueba se calificará de O a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos en las

contestaciones y cinco puntos en la resolución práctica. La calificación de cada fase, se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva. La calificación final de la prueba será la suma de la puntuación de cada fase dividida por dos.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.

Sexta. Relación de aprobados y presentación de documentos y propuesta de nombramiento.

Terminada la calificación, el Tribunal publicará la relación de aprobados que no será superior a dos y formulará propuesta de nombramiento al órgano competente para que resuelva lo

pertinente.

Los opositores propuestos, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados, habrán de presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en esta convocatoria. Si no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad. Los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de quince días naturales a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento, si no lo hacen, quedarán en la situación de cesantes.

Quienes aprueben la oposición tendrán que superar con

aprovechamiento el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizado el curso, se efectuará el nombramiento de los funcionarios.

Séptima. Incidentes. El Tribunal queda facultado para

resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Octava. Impugnación. Las bases, la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de RJPAC, Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, la

Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a la legislación vigente.

Novena. Legislación aplicable. Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 abril, por el que se aprueba el Texto Refundido; Real Decreto 896/91, R.D. 362/95, Decreto 196/1992, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía; Orden 29-1-93, de la Consejería de Gobernación, y demás legislación aplicable.

ANEXO I

PRUEBAS DE APTITUD FISICA

Para la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán entregar al Tribunal, antes de efectuarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas.

Se establecen como pruebas obligatorias las seis establecidas con tal carácter en la Orden de 29-1-1993, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, BOJA núm. 13, de fecha

6.2.1993, página 839.

Fuerza Flexora.

a) Hombres. Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimientos de piernas. Dos intentos. Los aspirantes tendrán que realizar un mínimo de ocho flexiones.

b) Mujeres. El ejercicio consiste en quedar el mayor tiempo posible en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente

extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Dos intentos. Las aspirantes tendrán que mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos.

Salto Vertical (hombres y mujeres): Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 cm de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Dos intentos. Los aspirantes tendrán que alcanzar 52 cm los hombres y 40 cm las mujeres.

Salto de Longitud: Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según el reglamento de atletismo. Dos

intentos. Los aspirantes tendrán que superar 4,5 metros los varones y 3,80 metros las mujeres.

Salto de Altura: 1,30 metros para los varones y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el reglamento de atletismo. Dos intentos.

Carrera de Velocidad (60 metros): El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos. Dos intentos. Marcas mínimas: 8"50 para los hombres y 9"50 para las mujeres.

Carrera de Resistencia sobre 2.000 metros: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Dos intentos. Marcas mínimas: 8 minutos para hombres y 9 minutos para mujeres.

ANEXO II

OPOSICION PARA LA PLAZA DE POLICIA LOCAL

Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

Tema 3. Tipología de los Entes públicos: Las Administraciones, Central, Autónoma, Local e Institucional.

Tema 4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y

disposiciones generales.

Tema 5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

Tema 7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la

Administración Central y con otras Comunidades Autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Tema 8. El derecho administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

Tema 9. Los actos administrativos: Concepto y clases.

Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

Tema 10. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Recursos de alzada, reposición, revisión y súplica.

Tema 11. La organización territorial del Estado: La provincia y el municipio.

Tema 12. La Administración Local: Autonomía de los entes locales. Principios constitucionales de la Administración Local.

Tema 13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los tenientes de alcalde. El pleno. La comisión de gobierno. Organos complementarios.

Tema 14. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencia de los entes locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

Tema 15. La función pública local: Concepto. Clases.

Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Especial referencia a los policías locales. Derechos, deberes e

incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

Tema 16. La actividad de las policías locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley

1/89, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Tema 17. Ley de seguridad vial. El reglamento de circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

Tema 18. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.

Tema 19. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la

urbanización. Población y grupo social.

Tema 20. La sociedad de masas. Características.

Tema 21. Características poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial.

Las Gabias, 9 de septiembre de 1999.- El Secretario, José García Mesas, El Alcalde, Francisco Javier Aragón Ariza.

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