Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 02/10/1999

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Otros. INSTITUTO DE FOMENTO DE ANDALUCIA

CONVOCATORIA para optar a una beca del Instituto de Fomento de Andalucía para realizar trabajos de investigación y estudios en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

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El Instituto de Fomento de Andalucía, para la realización de trabajos de investigación y estudios, que redunde en la formación especializada sobre asuntos de la Unión Europea, establece la dotación de una beca, objeto de la presente convocatoria.

1. Requisitos de los solicitantes.

Para optar a la concesión de la beca, los solicitantes deberán poseer los siguientes requisitos:

a) Titulación universitaria superior, que deberá haber sido obtenida en los tres últimos años.

b) Formación específica en materia relacionada con la Unión Europea, valorándose preferentemente la que resulte acreditada por título universitario de tercer ciclo.

c) Dominio de los idiomas inglés y francés.

d) No ser beneficiario en la actualidad de beca relacionada con el objeto de la presente convocatoria. Este requisito deberá ser mantenido durante todo el período de disfrute de la beca.

2. Lugar de desarrollo de la beca.

Los trabajos de investigación y estudio se desarrollarán en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

3. Duración.

La duración de la beca será de un año, contado a partir de la fecha de la incorporación, que deberá producirse dentro del plazo de un mes tras la concesión de la beca.

4. Dotación:

a) Una asignación mensual de 40.000 francos belgas.

b) Un pasaje de ida y vuelta en avión Andalucía-Bruselas.

c) Un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

5. Presentación de solicitudes.

5.1. Las instancias de solicitud de la beca y la documentación requerida se dirigirán al Instituto de Fomento de Andalucía, C/ Torneo, 26, Sevilla, 41002, indicando en el sobre la referencia: «Beca Unión Europea¯.

5.2. Documentación requerida:

a) Fotocopia de DNI.

b) Fotocopia compulsada del título y de los documentos que acrediten la formación exigida en el punto 1.

c) Breve currículo personal.

d) Fotografía reciente.

e) Declaración expresa responsable de no ser beneficiario de una beca relacionada con el objeto de la presente convocatoria.

f) Cualquier otro documento que considere de interés el solicitante.

5.3. Plazo de presentación.

El plazo de presentación será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOJA del presente anuncio.

6. Pruebas de selección y Comité de Selección.

6.1. Los candidatos que reúnan los requisitos del punto se someterán a unas pruebas escritas sobre conocimiento en materia europea y sobre la realidad económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con los asuntos comunitarios, así como de los idiomas francés e inglés. Una vez examinadas las pruebas escritas, se efectuará una clasificación de los candidatos. El Comité de selección podrá acordar, si lo estima necesario, la realización de entrevistas personales para completar los criterios de selección.

6.2. Composición del Comité.

El Comité estará compuesto por:

Presidente: Secretario General del Instituto de Fomento de Andalucía.

Vocales:

Jefe del Departamento de Incentivos Europeos del Instituto de Fomento de Andalucía.

El Delegado de la Junta de Andalucía en Bruselas o, en su defecto, el Delegado del Instituto de Fomento de Andalucía en Bruselas.

Un representante de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación Exterior.

Un representante de la Dirección General de Fondos Europeos.

7. Obligaciones del becario.

7.1 El becario se comprometerá a realizar los trabajos de investigación y de estudio establecidos bajo la dirección del Delegado de la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas o por la persona que éste designe.

7.2. Una vez finalizada la estancia en Bruselas, y en el transcurso de dos meses, el becario presentará una memoria de las actividades realizadas.

7.3. El incumplimiento de estas obligaciones sin causa

justificada, implicará la suspensión y devolución de la ayuda concedida.

8. Suplencia.

Además del candidato seleccionado, se designarán dos suplentes para que, en caso de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de los requisitos exigidos por parte de la persona

seleccionada, pueda cubrirse la beca por el orden establecido entre éstos.

Sevilla, 23 de septiembre de 1999.- El Presidente, Salvador Durbán Oliva.