Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 07/10/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 20 de septiembre de 1999, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede de Sevilla), Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, en relación con el recurso 173/1995.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 173/1995, seguido a instancia de la entidad Construcciones Livalco, S.A., contra desestimaciones de fecha 18-10-1983, de la Consejería de Asuntos Sociales de las reclamaciones de intereses por retraso en el pago de las certificaciones núms. y 6 de la obra denominada «terminación Guardería Infantil de Almonte (Huelva)¯, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha dictado Sentencia con fecha 11 de mayo de 1999, que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:

FALLO

«Debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por la entidad Construcciones Livalco, S.A. contra las denegaciones por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía a la pretensión del abono de intereses de demora y las anulamos por considerarlas no conforme con el Ordenamiento, y se declara su derecho a percibir la cantidad de 472.447 ptas. Sin costas¯.

De conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución española, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, y 103 y ss. de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa,

RESUELVO

Ordenar el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia.

Sevilla, 20 de septiembre de 1999.- La Directora Gerente, Dolores Curtido Mora.

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