Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 09/10/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 20 de septiembre de 1999, por la que se concede la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento a los Centros privados Colegio Internacional SEK-Alborán, de El Ejido (Almería).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don José Luis Delso Martínez-Trevijano, en su calidad de representante legal de «San Estanislao de Kostka, S.A.¯, entidad titular de los Centros docentes privados de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria «Colegio Internacional SEK- Alborán¯, con domicilio en Urbanización Almerimar II de El Ejido (Almería), en solicitud de autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dichos centros de: Educación Infantil con 12 unidades (3 unidades de primer ciclo y 9 unidades de segundo ciclo), Educación Primaria con 12 unidades y Educación Secundaria con 7 unidades de Educación Secundaria Obligatoria.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Almería.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero (BOE de 17 de febrero); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento y proceder a la inscripción en el Registro de Centros a los centros docentes privados de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria «Colegio Internacional SEK-Alborán¯, quedando con la configuración que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: Colegio Internacional SEK-Alborán. Código de Centro: 04602365.

Domicilio: Urbanización Almerimar II.

Localidad: El Ejido.

Municipio: El Ejido.

Provincia: Almería.

Titular: San Estanislao de Kostka, S.A.

Composición resultante: 12 unidades de Educación Infantil (3 unidades de primer ciclo para 41 puestos escolares y 9 unidades de segundo ciclo para 149 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: Colegio Internacional SEK-Alborán. Código de Centro: 04602365.

Domicilio: Urbanización Almerimar II.

Localidad: El Ejido.

Municipio: El Ejido.

Provincia: Almería.

Titular: San Estanislao de Kostka, S.A.

Composición resultante: 12 unidades de Educación Primaria para

300 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: Colegio Internacional SEK-Alborán. Código de Centro: 04602365.

Domicilio: Urbanización Almerimar II.

Localidad: El Ejido.

Municipio: El Ejido.

Provincia: Almería.

Titular: San Estanislao de Kostka, S.A.

Composición resultante: 7 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 210 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 1999/2000, pues, tal como previene el artículo 57. 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las Administraciones Públicas, excepcionalmente, podrán otorgar eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio), y las Ordenes Ministeriales de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre) y de 24 de julio de 1995 (BOE de 4 de agosto).

Cuarto. La titularidad de los Centros remitirá a la

Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Almería la relación del profesorado de los mismos, con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la

publicación de dicha Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 20 de septiembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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