Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 14/10/1999

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 6 de julio de 1999, de la Delegación Provincial de Huelva, sobre expediente administrativo de desahucio. (A-44/98).

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Visto el expediente Administrativo de Desahucio núm. A-

44/98, incoado contra doña Meraldina Mestre Cruz, por infracción del Régimen Legal que regula las viviendas de Protección Oficial, resultan los siguientes

HECHOS

Primero. Con fecha 3-4-99, se notificó al expedientado la incoación del expediente de desahucio, el nombramiento de Instructor y Secretario, así como el correspondiente pliego, imputándole como cargo el no ocupar la vivienda sita en C/ Gonzalo de Berceo, 22, 4º A, de Huelva, con carácter habitual y permanente, concediéndole un plazo de ocho días hábiles para que formulara las alegaciones y propusiera las pruebas que estimara oportunas. No presentando pliego de descargo alguno. No presentándose descargo alguno.

Segundo. Con fecha 10-6-99, se notificó al interesado propuesta de resolución elevada al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, mediante anuncio en el BOJA núm. 66 de esa fecha, comunicándole gozar de un plazo de ocho días hábiles para la presentación de las alegaciones que considerara convenientes para su defensa. No formulándose alegaciones algunas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo dispuesto en el Decreto 86/1984, de

3 de abril, son competentes para resolver los expedientes de desahucio los Delegados Provinciales de la Consejería de Política Territorial (hoy Consejería de Obras Públicas y Transportes).

Segundo. Es de aplicación el art. 30.6 del Real Decreto

2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial y el art. 138.6 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio del vigente Reglamento, en donde se establece como causa especial de desahucio el hecho de no ocupar la vivienda con carácter habitual y permanente.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el art. 30 del Texto Refundido y el art. 141 del Reglamento, citados ambos anteriormente, el Instituto Nacional de la Vivienda, hoy los Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con las disposiciones sobre traspasos y desconcentración de funciones, podrá acordar el desahucio y, en su caso, el lanzamiento, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo, de los arrendatarios o beneficiarios de las viviendas, locales de negocios o servicios complementarios de su propiedad, cuando concurra cualquiera de las causas tipificadas en los arts. 30 de la Ley y 138 del Reglamento.

A la vista de lo anterior y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa preceptiva, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Haber lugar al desahucio de doña Meraldina Mestre Cruz, por no ocupación de la vivienda sita en C/ Gonzalo de Berceo, núm.

22, 4ºA, de Huelva, requeriéndole, mediante la presente Resolución, para que, en el plazo de diez días, desaloje dicha vivienda a contar desde la notificación de ésta, con apercibimiento de proceder, en caso contrario, al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontraran en la vivienda.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 6 de julio de 1999.- El Delegado, Francisco Díaz Olivares.

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