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De conformidad con los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que podrán comparecer en un plazo de diez días, en este Organismo, sito en C/ Angel, 16, a fin de conocer el contenido íntegro de la Resolución dictada.
Expte.: 54/99. Don Pedro Bolívar Coca y doña María Castro Padilla, que con fecha 29 de julio de 1999 se ha dictado Resolución de Desamparo, respecto del menor A.B.C., pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Exptes.: 172-173/99. Don MHamad Mandor y doña Mª Angeles Catalán Martín, que con fecha 30 de julio de 1999 se ha dictado Resolución de Desamparo respecto de los menores M.T.M.C. y K.M.C., pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Expte.: 197/99. Don Jaime Muñoz López y doña Mª Carmen Maldonado Maldonado, que con fecha 29 de julio de 1999 se ha dictado Resolución de Desamparo respecto del menor C.M.M., pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia- Familia de esta capital.
Granada, 7 de octubre de 1999.- La Delegada, Mª José Sánchez Rubio.