Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 02/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 13 de octubre de 1999, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se rectifica error de hecho contenido en la que se cita, de 19 de julio de 1999, de clasificación como de Asistencia Social de la Fundación que se cita, relativo a la composición de su Patronato.

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Examinado el procedimiento instruido para la clasificación de la Fundación Labor Omnia Vincit, de Sevilla, se han apreciado los siguientes

HECHOS

Primero. Por don Francisco Romero de la Puerta, como Presidente del Patronato de la mencionada Fundación, mediante escrito de fecha 9-6-99, se solicitó la clasificación de la Institución.

Segundo. Al anterior escrito de solicitud se acompañó, entre otra documentación, Escritura de Constitución de la Fundación, otorgada ante el Notario de Sevilla don José Javier de Pablo Carrasco el día 29 de diciembre de 1998 bajo el número 4.005 de su protocolo.

Tercero. De acuerdo con la cláusula cuarta de la Escritura de Constitución, el primer Patronato de la Fundación quedó conformado por las siguientes personas:

1. Don Francisco Romero de la Puerta. Presidente.

2. Doña María Dolores Robina Ramírez. Tesorera.

3. Don José Brome Navarro.

Cuarto. Mediante Resolución de esta Dirección Gerencia de fecha 19 de julio de 1999, se clasificó como de Asistencia Social la mencionada Fundación, recogiéndose por error en su Hecho Cuarto la siguiente composición del Patronato de la Fundación:

1. Don Francisco Romero de la Puerta. Presidente.

2. Doña María Dolores Robina Ramírez. Tesorera.

3. Doña María Rosa García Rodero. Secretaria.

Quinto. Por el Patronato de la Fundación ha sido formulado escrito de fecha 9-9-99 por el que se manifiesta la existencia de error material en la Resolución dictada, consistente en haberse hecho constar como miembro del Patronato de la Fundación a doña María Rosa García Rodero, que ejerce el cargo de Secretaria del mismo, pero sin tener la condición de patrono ni, por tanto, pertenecer a dicho Patronato, habiéndose omitido, sin embargo, a don José Ignacio Brome Navarro como miembro del mismo, todo ello conforme queda expresado en la escritura de constitución fundacional. Se solicita en el mencionado escrito que por este Protectorado se proceda a efectuar la procedente corrección de la Resolución de clasificación de la Fundación y su correspondiente publicación en BOJA.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y demás disposiciones de general aplicación, los hechos expuestos merecen la siguiente

VALORACION JURIDICA

Primera. Que de conformidad con lo establecido en el art.

105.2 de la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Segunda. Que constatado en la Resolución de clasificación de la Fundación de fecha 19-7-99 error de hecho en cuanto a la composición de su Patronato y verificados los datos existentes, procede rectificar el Hecho Cuarto de la mencionada Resolución dictada, en el sentido de que el primer Patronato de la Fundación queda conformado, de acuerdo con la cláusula cuarta de la Escritura de Constitución, por las siguientes personas:

1. Don Francisco Romero de la Puerta. Presidente.

2. Doña María Dolores Robina Ramírez. Tesorera.

3. Don José Ignacio Brome Navarro.

Esta Dirección Gerencia, de acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 30/94, de

24 de noviembre, y el Decreto 252/88, de organización del IASS,

RESUELVE

Primero. Rectificar el error de hecho contenido en la

Resolución de 19 de julio de 1999, de clasificación como de Asistencia Social de la Fundación Labor Omnia Vincit (LOV), de Sevilla, relativo a la composición de su Patronato, del que debe formar parte como patrono don José Ignacio Brome Navarro en lugar de doña María Rosa García Rodero, quedando subsistente en lo demás el contenido de la misma.

Segundo. Dar de la presente Resolución los traslados

reglamentarios.

Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Asuntos Sociales, según faculta el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de octubre de 1999.- La Directora Gerente, María Dolores Curtido Mora.