Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 30/01/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE IBROS

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO Y ELECTRICIDAD POR CONCURSO-OPOSICION Y DE PROMOCION INTERNA

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es la provisión en propiedad por el sistema de concurso- oposición y promoción interna, dentro de la plantilla del personal laboral del Ayuntamiento, de una plaza de Oficial de Mantenimiento y Electricidad, según Oferta de Empleo Público para el año 1998.

Las retribuciones, en consecuencia, serán las que correspondan, en función de la jornada trabajada, a la asimilada a la categoría del Grupo D, de las establecidas para los funcionarios públicos.

Segunda. Requisitos que han de reunir los aspirantes:

a) Ser español/a.

b) Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.

c) Ser trabajador del Ayuntamiento de Ibros, perteneciente a la plantilla del personal laboral, y con una antigüedad superior a los dos años.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en las leyes.

Tercera. Presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ibros, en las que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria, con referencia a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se entregarán en el Registro General de entrada de documentos, durante 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al que aparezca publicado el extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, después de su íntegra publicación en el de la Provincia de Jaén. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Junto a la instancia, los aspirantes habrán de presentar, para la valoración de los méritos, los siguientes documentos:

- Certificación expedida por el Ayuntamiento de Ibros, donde se acrediten los servicios prestados.

- Títulos o certificaciones emitidos por las instituciones de carácter público, que hayan impartido los Cursos o Seminarios que aleguen los aspirantes.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Decreto declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En el edicto se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos. Así como el lugar y fecha concretos de comienzo de los ejercicios, e igualmente el nombramiento del Tribunal.

Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá en tablón de anuncios de la

Corporación.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio a petición del interesado.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales: Un representante designado por la Junta de Andalucía. Un funcionario o personal laboral del Ayuntamiento designado por el Sr. Alcalde. Un representante del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Provincia de Jaén. Un representante del grupo municipal socialista. Un representante del grupo municipal de IU. Un representante del grupo municipal popular.

Secretario: El de la Corporación o funcionario que le

sustituya, que actuará con voz y sin voto.

El nombramiento del Tribunal llevará consigo el nombramiento de los correspondientes suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y, al menos, dos de sus vocales titulares o suplentes indistintamente.

Sexta. Fase de selección.

Constará de dos fases: Una de Concurso y otra de Oposición:

1. Fase de Concurso:

A) Experiencia Profesional. Por cada mes completo de servicio prestado en el Ayuntamiento de Ibros, en la categoría de Peón:

0,05 puntos.

Hasta un máximo de 3 puntos.

B) Cursos y Seminarios de formación. Siempre que se encuentren relacionados con los contenidos de la plaza convocada, e impartidos por instituciones de carácter público. Por cada curso o jornadas de estudios relacionados con el puesto que se solicita: 0,5 puntos.

Hasta un máximo de 3 puntos.

C) Titulaciones. Por poseer titulación superior a la exigida, se valorará de acuerdo con el siguiente baremo:

- FP I: 0,25 puntos.

- Bachiller Superior: 0,50 puntos.

- FP II: 0,50 puntos.

- Diplomatura: 0,75 puntos.

- Licenciatura: 1 punto.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados.

Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los

ejercicios de la fase de oposición.

2. Fase de Oposición. Los ejercicios de la oposición serán obligatorios y eliminatorios, a realizar en el orden siguiente:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un máximo de dos horas, un tema del programa anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, propuesto por el Tribunal, en un tiempo máximo de dos horas y relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo.

Ambos ejercicios serán calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados aquellos que no alcancen un mínimo de cinco puntos.

Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos y las calificaciones se adoptarán sumando los puntos otorgados y dividiéndolos por el número de miembros del Tribunal.

Séptima. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal Calificador.

Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de los aprobados por orden de puntuación obtenida, que se elevará a la Alcaldía para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento, no pudiendo declarar que han superado las pruebas mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El opositor propuesto presentará en Secretaría, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de su aprobación, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda.

Si en el indicado plazo, y salvo caso de fuerza mayor, el opositor propuesto no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en los datos expuestos en la instancia.

Octava. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver cualquier incidencia o duda que pudiera surgir en el concurso.

Novena. En lo no previsto en las bases de la presente

convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril; Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por RDL 781/86, de 18 de abril; Ley 30/84, de 2 de agosto; RD 896/91, de 7 de junio; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, aprobado por RD 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones legales en la materia.

ANEXO

Tema 1º La Constitución española de 1978. Estructura y

Principios Generales.

Tema 2º La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La Administración

Institucional.

Tema 3º El Régimen Local: Principios Constitucionales y Regulación Jurídica. La Autonomía Local.

Tema 4º El Municipio: Concepto y elementos. El Término

Municipal. La Organización. Competencias Municipales.

Tema 5º El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contenido. Estructura y valor normativo. Procedimiento de elaboración.

Tema 6º Formas de Producción y Distribución de la Energía Eléctrica.

Tema 7º Generadores y Alternadores de Electricidad.

Tema 8º Cuadros Eléctricos de Protección.

Tema 9º Mantenimiento de Equipos de Alumbrado Público.

Tema 10º Medidas de Seguridad en trabajos de Mantenimiento.

Ibros, 7 de enero de 1999.- El Alcalde.

Descargar PDF