Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 11/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 7 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Política Interior, por la que se concede una subvención de tres millones quinientas mil pesetas a la Diputación Provincial de Málaga para financiar obras de mejora y acondicionamiento del Parque de Bomberos de Coín.

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Mediante Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 26 de noviembre de 1998, se regulan y convocan subvenciones para financiar inversiones en los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Evaluada la solicitud formulada por la Excma. Diputación Provincial de Málaga y cumplidos los requisitos de tramitación conforme al procedimiento dispuesto por dicha normativa, mediante la presente Resolución se procede a conceder subvención a la citada Diputación Provincial para financiar obras de mejora y acondicionamiento del Parque de Bomberos de Coín, todo ello de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a los criterios de selección establecidos en el artículo 7 de la citada Orden de 26 de noviembre de 1998.

El artículo 9 de la citada Orden determina que la concesión de las subvenciones se realizará por Resolución de esta Dirección General.

En su virtud, conforme a lo dispuesto en el artículo 26. Dos de la Ley 7/1996, de 31 de julio, de Presupuesto de la Comunidad de Andalucía para 1996,

R E S U E L V O

Primero. Finalidad.

La presente Resolución tiene por finalidad conceder a la Excma. Diputación Provincial de Málaga una subvención de tres millones quinientas mil pesetas (3.500.000 ptas.) para financiar obras de acondicionamiento del Parque de Bomberos de Coín, con cargo a la aplicación presupuestaria 0-1-10.00.01.00..76000.21B.

Segundo. Abono de la subvención.

La subvención se hará efectiva mediante el abono del 75% de su importe con cargo a los presupuestos del año 1999, librándose el 25% restante con cargo a los presupuestos del año 2000, justificándose la aplicación de ambos abonos de la forma indicada en el artículo 5º de esta Resolución.

Tercero. Iniciación de las obras.

Las obras se iniciarán en el ejercicio presente.

Cuarto. Carteles de obra.

Tanto durante la ejecución de las obras como durante el funcionamiento del Parque de Bomberos deberá existir un cartel alusivo a la participación de la Consejería de Gobernación y Justicia, colocado en un lugar visible de las instalaciones, todo ello según el Decreto 245/1997, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.

Quinto. Justificación de la subvención.

La subvención objeto de la presente Resolución será justificada según lo dispuesto en el artículo 10, apartados 3 y 4, de la Orden de 26 de noviembre de 1998, por la que se regulan y convocan subvenciones para financiar inversiones en los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Obligaciones y deberes del beneficiario. Las obligaciones y deberes del beneficiario se recogen en el artículo 11 de la citada Orden de 26 de noviembre de 1998.

Séptimo. Reintegro y régimen sancionador. Serán de aplicación a la subvención objeto de la presente Resolución las normas que sobre reintegro y régimen sancionador se contienen en los artículos 12 y 13 de la Orden de 26 de noviembre de 1998.

Octavo. Publicación.

Se procede a la publicación de la presente Resolución conforme a lo previsto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sevilla, 7 de septiembre de 1999.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.

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