Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 13/11/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, relativa a la solicitud formulada por Dielenor, Sociedad Limitada. (PP. 3234/99).

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Expediente A.T. 317/98.- JLC/rll

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se autoriza la instalación de línea A.T. a 20 KV de 10.610 m de longitud y 5 Centros de Transformación de 50 KVA cada uno.

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de Dielenor, S.L., solicitando autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto e informe ambiental de una instalación eléctrica y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas; Ley 54/97, de

27 de noviembre de 1997, del Sector Eléctrico, así como el Decreto 153/96, de 30 de abril, de Reglamento de Informe Ambiental que desarrolla la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía.

Peticionario: Dielenor, S.L., con domicilio en C/ Concejo, 6, de Villanueva de Córdoba.

Lugar donde se va establecer la instalación: Parajes Atayuela, Moralejo y Raya de la Pizarra en Villanueva de Córdoba. Finalidad de la instalación: Electrificación Rural. Características principales: Línea aérea de 10.610 m de longitud y 5 centros de transformación intemperies de 50 KVA cada uno.

Presupuesto: 40.080.752 pesetas.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley

10/1996, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación, así como la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Aprobar el proyecto de ejecución presentado de conformidad con el informe ambiental favorable emitido; para iniciar la actividad, será requisito necesario la Certificación previa, suscrita por técnico competente del efectivo cumplimiento de las condiciones impuestas en el Proyecto así como de las condiciones establecidas por los Ministerios, Organismos o Corporaciones que constan en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quedando a salvo la interposición de recurso de reposición ante esta Delegación Provincial en igual plazo.

Córdoba, 7 de octubre de 1999.- El Delegado, Antonio Poyato Poyato.