Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 16/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de septiembre de 1999, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro docente privado Sigler, de San Fernando (Cádiz) .

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Visto el expediente instruido a instancia de don José A. Sigler Morales, como representante y titular del Centro docente privado «Sigler¯, sito en San Fernando (Cádiz), Calle Real, núm. 116, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, según lo dispuesto en el Decreto 190/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Sigler¯, de San Fernando (Cádiz), por Orden de 10 de julio de 1981 (BOE de 8 de octubre), tiene autorización para Formación Profesional de Primer Grado con 6 unidades y 120 puestos escolares en la Rama de Peluquería y Estética, profesión de Estética, y con homologación para impartir Formación Profesional de Segundo Grado con 6 unidades y 240 puestos escolares en la Rama de Servicios a la Comunidad (Hogar), especialidad Jardín de Infancia.

Resultando que actualmente solicita autorización para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Vistos: La Constitución española, la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo.

Considerando, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, que los Centros de Formación Profesional de Primer Grado con clasificación definitiva quedan autorizados para impartir Ciclos Formativos de grado medio, conforme se implante el calendario, sin que pueda excederse del número de unidades que cada uno tenga autorizadas.

Considerando que la disposición adicional novena del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional específica, dispone que los Centros docentes privados de Formación Profesional de Primer Grado con autorización o clasificación definitiva adquieren automáticamente la condición de Centros autorizados para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio, según el módulo de equivalencias establecido al efecto.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado «Sigler¯, de San Fernando (Cádiz), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: «Sigler¯.

Titular: Don José A. Sigler Morales.

Domicilio: Calle Real, núm. 116.

Localidad: San Fernando.

Municipio: San Fernando.

Provincia: Cádiz.

Código núm.: 11007909.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

- Seis Ciclos de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. Capacidad: 180 puestos escolares. (30 p.e./ciclo).

Segundo. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el Centro mencionado podrá impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Segundo Grado que progresivamente irá reduciendo hasta la extinción de estas enseñanzas, de acuerdo con el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero.

Tercero. La presente autorización surtirá efectos conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. No obstante, la Consejería de Educación y Ciencia podrá autorizar la anticipación de dichos ciclos.

Cuarto. La Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro, antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de septiembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia