Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 20/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 29 de octubre de 1999, por la que se modifica la de 12 de enero de 1994 por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa.

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La Orden de la Consejería de Salud, de 12 de enero de 1994, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa, llevó a cabo la delegación de determinadas competencias, entre otros Centros Directivos, en el Secretario General Técnico y en los Delegados Provinciales de la Consejería, entre las que se encontraba la correspondiente a la materia de gestión del gasto público.

Se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar una nueva delegación de competencias en los Delegados Provinciales de la Consejería en materia de gestión del gasto público, en relación con los créditos incluidos en el Servicio 18 (otras dotaciones), que recoge los gastos financiados con subvenciones finalistas, que a su vez afecta a las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica, por lo que resulta necesario la modificación de la citada Orden, llevando a cabo una mayor descentralización para conseguir una mayor agilidad y eficacia administrativa.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración, y en el artículo 50.3 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública, ambas de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo 1. Se modifica el párrafo tercero del apartado a) y el apartado c) del punto 1 del artículo 1 de la Orden de 12 de enero de 1994, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa, quedando redactados ambos en los siguientes términos:

- Los créditos incluidos en el Servicio 02 (Delegaciones Provinciales) y los incluidos en el Servicio 18 (otras dotaciones), establecidos en el artículo 4.a).

c) La distribución entre las distintas Delegaciones Provinciales de los créditos incluidos en el Servicio 02 (Delegaciones Provinciales) y los incluidos en el Servicio 18 (otras dotaciones).

Artículo 2. Se modifica el apartado a) del artículo 4 de la referida Orden, quedando redactado en los siguientes términos:

a) En materia de gestión del gasto público, la aprobación, compromiso, liquidación y proposición de pago, en relación con los créditos del Servicio 02 (Delegaciones Provinciales) y con los del Servicio 18 (otras dotaciones) que les hayan sido asignados.

Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el mismo día al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de octubre de 1999

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

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