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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 8 de enero de 1999, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula la cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de servicios sociales comunitarios, se han establecido convenios de colaboración entre la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Huelva y las entidades que se relacionan, a fin de garantizar la continuidad de los efectivos personales y funciones que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en Huelva, cuya financiación es la siguiente:
Entidad: Ayto. de Huelva.
Importe transferido (incluida aportación autonómica y estatal):
150.670.773 ptas.
Aportación Corporación Local: 244.968.855 ptas.
Entidad: Diputación Prov.
Importe transferido (incluida aportación autonómica y estatal):
279.300.000 ptas.
Aportación Corporación Local: 282.646.264 ptas.
Huelva, 21 de octubre de 1999.- La Delegada, Mª Luisa Faneca López.
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