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El Ilmo. Sr. Director General de Transportes, con fecha 6 de septiembre de 1999, ha resuelto otorgar definitivamente a Empresa Tenor, S.L., la concesión de un servicio público regular permanente y de uso general de transporte de viajeros por carretera entre Jauja-Estación de FF.CC. de Puente Genil con hijuela a Estepa (VJA-134), por sustitución y unificación de las concesiones V-415:JA-042 y V-549:JA-054 (EC-JA-057), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerario:
Jauja-Estación de Puente Genil, con paradas en Jauja, Badolatosa, Casariche, La Mina, Puente Genil y Estación de Puente Genil.
Badolatosa-Estepa, con paradas en Badolatosa, Casariche, Lora de Estepa y Estepa.
Prohibiciones de tráfico:
- De Badolatosa para Lora de Estepa y viceversa.
- De Badolatosa para Estepa y viceversa.
- De Jauja para Lora de Estepa y viceversa.
- De Jauja para Estepa y viceversa.
- De Puente Genil a su Estación Ferroviaria y viceversa.
II. Expediciones y calendario: Las expediciones que con su respectivo calendario se detallan en la concesión.
III. Tarifa máxima ordinaria:
- Tarifa partícipe-empresa: 8,7682 ptas./viaj.-km.
- Exceso de equipajes y encargos: 1,3152 ptas./10 kg-km o fracción.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114.2 y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 6 de septiembre de 1999.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.
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