Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 25/11/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

ORDEN de 18 de noviembre de 1999, por la que se corrigen omisiones a la de 22 de octubre de 1999, por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a los servicios sanitarios concertados con el Servicio Andaluz de Salud.

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Con fecha 2 de noviembre de 1999 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 22 de octubre de

1999 de la Consejería de Salud, por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a los servicios sanitarios concertados con el Servicio Andaluz de Salud.

En la citada Orden, se han detectado errores por omisión en el apartado 3.1 del Anexo I y en el apartado 3.1 del Anexo II, cuya relación se modifica en los términos siguientes:

«ANEXO I

3.1. Transporte individual en ambulancias asistibles con sistema de comunicación compatible con el utilizado por el SAS:

Módulo de dedicación exclusiva 24 horas/día. Tarifa máxima: 19.807 ptas. 119,042 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.166 ptas. 13,018 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes. Tarifa máxima: 1.767 ptas. 10,620 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes. Tarifa máxima: 1.250 ptas. 7,513 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 4.000 km/mes por km recorrido. Tarifa máxima: 95,08 ptas. 0,571 euros.

A partir de 4.000 km/mes por km recorrido. Tarifa máxima: 58,69 ptas. 0,353 euros.

Módulo de dedicación exclusiva 16 horas/día. Tarifa máxima: 13.247 ptas. 79,616 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.166 ptas. 13,018 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes. Tarifa máxima: 1.767 ptas. 10,620 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes. Tarifa máxima: 1.250 ptas. 7,513 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 2.700 km/mes por km recorrido. Tarifa máxima: 95,08 ptas. 0,571 euros.

A partir de 2.700 km/mes por km recorrido. Tarifa máxima: 58,69 ptas. 0,353 euros.

Módulo de dedicación exclusiva 8 horas/día. Tarifa máxima: 6.855 ptas. 41,199 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.166 ptas. 13,018 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes. Tarifa máxima: 1.767 ptas. 10,620 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes.

Tarifa máxima: 1.250 ptas. 7,513 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 1.300 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 95,08 ptas. 0,571 euros.

A partir de 1.300 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 58,69 ptas. 0,353 euros.

ANEXO II

3.1. Transporte individual en ambulancias asistibles con sistema de comunicación compatible con el utilizado por el SAS:

Módulo de dedicación exclusiva 24 horas/día.

Tarifa máxima: 20.164 ptas. 121,188 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.205 ptas. 13,252 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes.

Tarifa máxima: 1.799 ptas. 10,812 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes.

Tarifa máxima: 1.273 ptas. 7,651 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 4.000 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 96,79 ptas. 0,582 euros.

A partir de 4.000 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 59,75 ptas. 0,359 euros.

Módulo de dedicación exclusiva 16 horas/día.

Tarifa máxima: 13.485 ptas. 81,046 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.205 ptas. 13,252 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes.

Tarifa máxima: 1.799 ptas. 10,812 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes.

Tarifa máxima: 1.273 ptas. 7,651 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 2.700 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 96,79 ptas. 0,582 euros.

A partir de 2.700 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 59,75 ptas. 0,359 euros.

Módulo de dedicación exclusiva 8 horas/día.

Tarifa máxima: 6.978 ptas. 41,939 euros.

- Servicios urbanos:

En localidades entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes. Tarifa máxima: 2.205 ptas. 13,252 euros.

En localidades entre 200.000 y 499.999 habitantes.

Tarifa máxima: 1.799 ptas. 10,812 euros.

En localidades menores de 200.000 habitantes.

Tarifa máxima: 1.273 ptas. 7,651 euros.

- Servicios interurbanos:

Los primeros 1.300 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 96,79 ptas. 0,582 euros.

A partir de 1.300 km/mes por km recorrido.

Tarifa máxima: 59,75 ptas. 0,359 euros¯.

Disposición Final Unica. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de noviembre de 1999

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

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