Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 30/11/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de octubre de 1999, por la que se amplían las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria al Centro privado de Educación Secundaria Virgen del Carmen, de Córdoba.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Juan Hidalgo Parejo, como representante de la Congregación de Carmelitas Descalzos de Andalucía, titular del Centro docente privado «Virgen del Carmen¯, sito en Córdoba, C/ Alonso El Sabio, núm. 14, solicitando ampliación de 4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Virgen del Carmen¯, de Córdoba, por Orden de 14 de marzo de 1996 (BOJA de 18 de abril) tiene autorización para tres Centros: Un Centro de Educación Infantil con una capacidad de 6 unidades y 150 puestos escolares, otro de Educación Primaria con una capacidad de 18 unidades y 450 puestos escolares, y otro de Educación Secundaria con capacidad para 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria y 6 unidades de Bachillerato, en las modalidades de: Ciencias de la Naturaleza y la Salud con 2 unidades, Humanidades y Ciencias Sociales con 2 unidades y Tecnología con 2 unidades.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba, como se contempla en el art. 9, punto 2º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Vistos: La Constitución española, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido, en el presente expediente, todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 19, apartado

c), del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la ampliación de 4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria del Centro de Educación Secundaria «Virgen del Carmen¯, de Córdoba, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Virgen del Carmen¯. Titular: Congregación de Carmelitas Descalzos de Andalucía. Domicilio: C/ Alonso El Sabio, núm. 14.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Código: 14002777.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 16 unidades y 480 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo. Aunque al Centro le es de aplicación lo establecido en al Disposición Transitoria Tercera.2 de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, y en el artículo 54 del Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, la presente autorización no supone otorgamiento del concierto educativo para Educación Secundaria Obligatoria, que deberá solicitarse de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE del 27).

Tercero. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, y de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas de Bachillerato, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Quinto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la

legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de octubre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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