Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 1 de septiembre de 1999, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 285/1999, promovido por Centro de Tercera Edad Santa Genma, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Centro de Tercera Edad Santa Genma, S.L., representada y asistida por el Letrado don José Olmedo Mohedano, contra la Resolución impugnada que en Antecedente de Hecho Primero -al que nos remitimos- se reseña; con expresan imposición de costas del recurso a dicha parte actora-recurrente.
Sevilla, 11 de noviembre de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF