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Habiéndose acreditado el interés social de su finalidad y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de la facultad que se atribuye a los titulares de las Consejerías por el artículo 104 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo legal, se ha acordado conceder a la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales de Andalucía (AMUVI) una subvención por importe de 13.750.000 pesetas, con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 01.21.00.01.488.05.22B, para la realización del Programa denominado «Punto de Encuentro¯.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sevilla, 10 de noviembre de 1999.- La Directora General, Leonor Rojo García.
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