Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 14/12/1999

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 18 de noviembre de 1999, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de esta Institución.

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El Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 17 de noviembre de 1999, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 52, apartado e), del Reglamento de Funcionamiento y Organización de esta Institución, ha resuelto convocar pruebas selectivas por promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Cámara de Cuentas, de acuerdo con las siguientes Bases:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas de Promoción Interna para cubrir dos plazas del Cuerpo de Auxiliares de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en la base sexta y Anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre el que versarán las pruebas teóricas y las materias sobre las que se realizará el caso práctico figuran en el Anexo IV.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Subalternos de la Cámara de Cuentas de Andalucía con dos años, como mínimo, de antigüedad en dicho cuerpo.

2.1.2. Estar en posesión o en condiciones de obtener el Titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

2.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria, será facilitada en el Registro General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, núm. 35, de Sevilla.

3.2. A la solicitud se acompañará:

3.2.1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de identidad.

3.2.2. Copia autenticada o fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en esta convocatoria o documento suficiente que justifique su posesión.

3.2.3. Relación de méritos alegados, así como la documentación compulsada acreditativa de los mismos.

Los méritos se especificarán en el modelo del Anexo 11 de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del Anexo III de la presente convocatoria.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

3.5. El plazo para la presentación de solicitudes será

improrrogable.

3.6. Las solicitudes no darán lugar al pago de derechos de examen.

3.7. Todas las fases de las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

3.8. Las personas con minusvalía que lo deseen deberán reseñar en el apartado 4 las adaptaciones que soliciten, al objeto de establecer las medidas necesarias de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.

3.9. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la misma se considerará el único válido a efectos de

notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la cumplimentación del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Dicha Resolución se publicará en el BOJA, indicando en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán el nombre y apellidos del candidato, núm. de su DNI y, en su caso, la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la

publicación de la Resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. Concluido dicho plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones existentes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concurso-oposición es el que figura en el Anexo V de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la norma citada en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal calificador con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, pudiendo el Presidente hacer uso del voto de calidad y actuando el

Secretario con voz pero sin voto.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización, valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

5.8. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal sin apelación alguna.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal núm. 35, Sevilla, teléfono 95 493 75 50.

6. Desarrollo del concurso-opisición.

6.1. El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas, primero se celebrará la fase de oposición y después, entre quienes la superen, la de concurso.

6.2. La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de marzo del 2000; el lugar, la fecha y la hora de celebración

del primer ejercicio se publicarán en el BOJA con una

antelación mínima de quince días.

6.3. Las citaciones para los siguientes ejercicios se harán públicas en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas y, en su caso, en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con una antelación mínima de setenta y dos horas.

6.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará, por orden alfabético del primer apellido, por los que empiecen por la letra D conforme al sorteo realizado a estos efectos por la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm.

143 de 11 de diciembre de 1997).

6.5. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal que resolverá lo que estime más procedente.

6.6. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso, el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

Fase Oposición.

6.7. Primer ejercicio:

Consistirá en responder por escrito, durante un tiempo máximo de una hora, a un cuestionario de preguntas concretas con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, sobre las materias que componen el temario comprendido en el Anexo IV. Este ejercicio se valorará en un máximo de diez puntos siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de cinco puntos.

6.8. Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico elegido entre dos propuestos por el Tribunal sobre las funciones asignadas al Cuerpo de Auxiliares (informática, Registro General, Archivo de documentos), constando cada supuesto de cuestiones con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Una vez resuelto el supuesto, el opositor copiará el enunciado del supuesto, en un ordenador personal, en el que estará instalado el procesador de texto Word 7.0 para Windows 95.

Para la realización del segundo ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de dos horas.

Se calificará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

6.9. Fase de Concurso.

A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les valorarán los méritos acreditados según lo establecido en el Anexo III.

6.10. Superación de las pruebas selectivas.

Superarán las pruebas selectivas y, en consecuencia, serán propuestos por el Tribunal para ingresar en el Cuerpo de Auxiliares de la Cámara de Cuentas de Andalucía, los aspirantes que mejor puntuación total hayan alcanzado, una vez sumadas las obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios por orden inverso al de su celebración y, en caso de persistir, se atenderá al mérito de la antigüedad total en la Administración.

6.11. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de los candidatos que hubiesen

superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada al Consejero Mayor de la Cámara por el Tribunal calificador, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera de dicha Institución.

7. Presentación de documentos.

7.1. Toda documentación que no haya sido aportada por los aspirantes al presentar la solicitud, deberá ser entregada en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior.

7.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares por el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Los nombramientos se publicarán en el BOJA.

8.2. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del nombramiento en el BOJA, debiendo asimismo, prestar juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

8.3. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

9. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ver Anexos I y II en páginas 16.119 y 16.120 de este mismo número

ANEXO III

BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO

A) Valoración de méritos.

1. Cursos de perfeccionamiento: máximo de 1 punto. Sólo se valorarán los cursos relacionados directamente con las

funciones a desarrollar en el Cuerpo de Auxiliares realizados u homologados por entidades, instituciones o centros públicos. Se valorará con 0,10 puntos cada curso de duración igual o superior a 20 horas; no se considerarán aquellos cursos de los que no se acredite su duración en horas. El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos, siempre que igualen o superen las 20 horas, dividiendo el total entre 20; el cociente resultante se multiplicará por

0,1 y el resto se desechará.

2. Antigüedad: La antigüedad del funcionario en el Cuerpo de Subalternos, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0'5 puntos hasta un máximo de 2 puntos

3. Trabajo desarrollado en los últimos cinco años: Según el nivel de complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo ocupados en la Cámara de Cuentas de Andalucía, se otorgará por cada año completo la siguiente puntuación:

Nivel 14 o inferiores: 0,5 puntos.

Nivel 16 o inferiores: 1,0 puntos.

Nivel 18 o inferiores: 1,5 puntos.

Nivel 20 o inferiores: 2,0 puntos.

B) Acreditación documental.

1. Los cursos de perfeccionamiento se acreditarán mediante copia compulsada del título, diploma o certificado que acredite la realización del curso o actividad correspondiente,

realizados u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, debiendo figurar su duración en horas.

2. La antigüedad en la Administración y el trabajo desarrollado se acreditará mediante certificación original, o copia

compulsada, expedida por el Secretario General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con expresa mención a los extremos especificados a efectos de valoración.

No se computarán los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

ANEXO IV

Tema 1. Las Fuentes del Derecho Administrativo. Jerarquía normativa. La Ley. Disposiciones con fuerza de Ley. El

Reglamento. El acto administrativo: Concepto, clases y

elementos. Las formas de los actos administrativos: La

motivación, la notificación y la publicación. Eficacia y validez de los actos administrativos

Tema 2. Organos Superiores de la Función Pública de la Junta de Andalucía. Clases del personal al servicio de la Junta de Andalucía. La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Tema 3. El control del gasto público: Tipos de control. El control interno en las Administraciones Públicas. Procedimiento y ámbito de la aplicación.

Tema 4. El control externo de las Administraciones Públicas: Concepto, clases y competencias. Los órganos institucionales de control externo: El Tribunal de Cuentas: Función fiscalizadora. Procedimientos fiscalizadores.

Tema 5. La Cámara de Cuentas de Andalucía: Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y

atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio.

Tema 6. Los sistemas informáticos: Conceptos básicos. Hadware: Principales componestes físicos de un ordenador y sus

periféricos. Software básico: Sistemas y entornos gráficos operativos, especial referencia a Windows.

Tema 7. El archivo: Concepto. Tipos de archivos. El archivo de documentos en la Administración Pública. La formación de expedientes.

Tema 8. Documentos administrativos y documentos de los

ciudadanos. Especial referencia al Manual de documentos administrativos del Ministerio de las Administraciones

Públicas. La presentación de escritos y comunicaciones y los registros de los documentos.

ANEXO V

TRIBUNAL CALIFICADOR

Miembros titulares:

Presidente: Excmo. Sr. don Rafael Navas Vázquez (Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Vocales:

Don David Martínez Ruiz (Técnico de Administración General de Admón. Local).

Don Ramón Zamora Guzmán (Cuerpo Superior de Administradores de la Seguridad Social).

Don José Manuel López Gómez (Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla).

Secretario: Don Pedro Bisbal Aróztegui (Secretario General de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Miembros suplentes:

Presidente: Ilmo. Sr. don Fco. Javier Romero Alvarez (Consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Vocales:

Doña Ana María Alvarez Fernández (Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado).

Doña Pilar Alba Tercedor (Cuerpo Superior de Administradores Grales. de la Junta de Andalucía).

Don Emilio Campos Romero (Cuerpo Superior de Administradores Grales. de la Junta de Andalucía).

Secretaria: Doña Margarita Regli Crivell (Letrada de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Sevilla, 18 de noviembre de 1999.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

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