Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 14/12/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 29 de octubre de 1999, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se reconoce oficialmente e inscribe a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp-Andalucía.

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Vista la solicitud presentada el 25 de noviembre de 1996 por don Juan Manuel Marcos García, en nombre y representación y en calidad de Presidente de la Entidad titular «Sociedad Ocio y Tiempo Libre Intercamp, S. L.¯, según consta acreditado documentalmente en el expediente, en orden al reconocimiento por el Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería de la Presidencia, de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp-Andalucía, y su inscripción en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, dependiente de dicho Organismo, se dicta la presente Resolución, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

Primero. Con fecha 5 de noviembre de 1995 se constituye notarialmente la Sociedad «Escuela de Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯ y el 15 de febrero de 1996 queda inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, (Tomo: 10.435. Libro: 0. Folio 185. Sección: 8.a. Hoja: M-2224121 No obstante lo anterior, dicha sociedad ha sufrido modificaciones, ya que mediante escritura notarial de fecha 24 de noviembre de 1998 se constituyó otra Sociedad Limitada denominada «Ocio y Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯, con domicilio en Glorieta de Cuatro Caminos 6 y 7, de Madrid, que figura inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo: 13.654. Libro: 0. Folio: 118. Sección: 8.a Hoja: M-

165807), y que asumió como suyo el proyecto de creación y reconocimiento de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp, según se desprende de la documentación que obra en el expediente de reconocimiento.

Segundo. Con fecha 26 de noviembre de 1996, don Juan Manuel Marcos García, en calidad de representante de la Sociedad «Escuela de Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯, según escritura de otorgamiento de poderes de fecha 5-12-1995, procedió a solicitar el reconocimiento oficial de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp, S.L., adjuntando documentación y extremos exigidos por el Decreto 239/1987, de

30 de septiembre, que fue ampliada el 28 de enero de 1998 con la entrega de nueva documentación. Tras el examen de toda la documentación presentada, el 20 de abril 1998 se dirige a la Entidad solicitante informe relativo al proyecto de reconocimiento de la escuela en orden a que se subsanen las deficiencias observadas en el mismo. Según documentación datada el 3 de febrero de 1999, la Entidad «Ocio y Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯, que surge tras la disolución de la Sociedad «Escuela de Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯, asume el proyecto de creación y reconocimiento de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp, subrogándose en la posición dicha Sociedad en el procedimiento iniciado mediante la solicitud de reconocimiento de fecha 26 de noviembre de 1996, según consta en la documentación presentada el 22 de octubre de

1999 (Registro de entrada núm. 8329) relativa a la subsanación requerida el 20-4-98.

Tercero. Según la certificación expedida por don Antonio Martínez Herrerín y por don Juan Manuel Marcos García, Presidente y Vicepresidente, respectivamente, de la Sociedad Ocio y Tiempo Libre, en la reunión extraordinaria del Consejo General de Ocio y Tiempo Libre Intercamp, S.L., se acuerda por unanimidad la constitución de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp-Andalucía.

Cuarto. Por la Secretaría General de este Organismo Autónomo, se ha emitido el correspondiente informe, del que se desprende que la Entidad «Ocio y Tiempo Libre Intercamp, S.L.¯, ha presentado la documentación exigida por el Decreto 239/1987, de

30 de septiembre, entre la que se encuentran los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno que han de regir el

funcionamiento de la Escuela citada.

En dichos Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno consta, como es reglamentario, la denominación de la entidad titular y la de la propia Escuela, domicilio, recursos

económicos, las normas de Régimen Interno, los órganos de dirección, administración y el sistema de participación. Asimismo, presentan el Proyecto Educativo, que es conforme a las normas constitucionales y la Memoria de las instalaciones, locales y recursos didácticos de que dispone la Escuela, así como los Programas de formación de los diferentes niveles, ajustándose adecuadamente al programa oficial establecido por la Consejería de Cultura en la Orden de 21 de marzo de 1989.

También se acompaña a la referida documentación,

certificaciones acreditativas de los extremos que se requieren en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver sobre el reconocimiento de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Socio-Cultural

corresponde al Instituto Andaluz de la Juventud, en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre), en relación con la

Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público (BOJA núm.

151, de 31 de diciembre), por la que se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia, y el Decreto 118/1997, de 22 de abril (BOJA núm. 49, de 26 de abril), por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del citado Instituto.

Segundo. El Proyecto de creación de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp-Andalucía cumple las exigencias establecidas en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre; se ha presentado la documentación exigida en su artículo 4, recogiéndose en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno de la misma lo establecido por los artículos 5 y 6 del citado Decreto en cuanto a los órganos de participación y equipo docente.

Tercero. El Programa de Formación presentado por la Escuela «Intercamp-Andalucía¯ para los niveles de Monitor de Tiempo Libre, de Animador Sociocultural y de Director Técnico en Animación, se adecua a lo dispuesto en la Orden de la

Consejería de Cultura, de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los Programas de Formación de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 26, de 3 de abril), para los niveles indicados.

Previo informe favorable, y teniendo en cuenta las

disposiciones citadas y las normas de general aplicación,

HE RESUELTO

1. Reconocer oficialmente a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Intercamp-Andalucía, con sede en la Calle Virgen de Luján núm. 18. 1.1 4. Dpto. 14. Sevilla, 41011.

2. Ordenar la inscripción de la misma en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de

Andalucía.

3. Sellar y diligenciar los Estatutos y Reglamento de Régimen Interno de la Escuela citada, así como remitir copia de los mismos a la Entidad Titular.

4. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Notifíquese esta Resolución al interesado en la forma

establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y M Procedimiento Administrativo Común; advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe

interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación,

pudiéndose dirigir el escrito al Instituto Andaluz de la Juventud, o directamente a la Consejería de la Presidencia, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactados conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 29 de octubre de 1999.- El Director General, Federico Pérez Peralta.

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