Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 16/12/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 18 de noviembre de 1999, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Secretaría, del Ayuntamiento de Cenes de la Vega (Granada), en clase segunda y se crea la Intervención de clase segunda.

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El Ayuntamiento de Cenes de la Vega (Granada) ha solicitado de esta Dirección General la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría, actualmente de clase tercera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en clase segunda y la creación del puesto de trabajo de Intervención, en clase segunda, mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 1999, al haber alcanzado este municipio una población superior a

5.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 7 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Se clasifica el puesto de trabajo del Ayuntamiento de Cenes de la Vega (Granada) denominado Secretaría, en clase segunda y se crea la Intervención de clase segunda.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de noviembre de 1999.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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