Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 18/12/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 11 de noviembre de 1999, por la que se autoriza una subvención a la Diputación Provincial de Cádiz con destino a la financiación del Convenio Sectorial para el Desarrollo de un Programa de Apoyo y Asistencia Técnica a los Municipios de la provincia de Cádiz en materia de planeamiento, gestión y disciplina urbanística.

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A la vista del expediente instruido al efecto por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo en el que consta, entre otros extremos, la necesidad de subvencionara la Diputación de Cádiz para la financiación del proyecto de referencia, con cargo a los recursos que para planeamiento urbanístico se encuentran consignados en los presupuestos de esta Consejería, ejercicio 1999, en su programa de transferencias a las Corporaciones Locales para redacción y seguimiento del planeamiento urbanístico (Código 3.3.C.).

De conformidad a lo establecido en la Orden de esta Consejería de Ayudas a las Corporaciones Locales de fecha 30 de abril de

1998, en relación a lo previsto en el Título VIII de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en lo concerniente a Normas sobre concesión de subvenciones en materia de Urbanismo, y en virtud de las facultades que se me reconocen en la letra b) del artículo 10 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

HE RESUELTO

Primero. Autorizar la concesión de una subvención a la Diputación de Cádiz por un importe de noventa y un millones cuatrocientas noventa y cuatro mil cuatrocientas dos (91.494.

402 ptas.).

Segundo. El importe de la misma se aplicará exclusivamente a financiar el Convenio Sectorial para el «Desarrollo de un Programa de Apoyo y Asistencia Técnica a los Municipios de la provincia de Cádiz en materia de planeamiento¯.

Tercero. El importe de doce millones cuatrocientas mil pesetas (12.400.000 pesetas) se hará efectivo a la concesión de la subvención. El resto mediante libramientos sucesivos, previas certificaciones acreditativas del trabajo realizado y el gasto devengado por la Diputación beneficiaria. Para proceder al abono de las cantidades sucesivas, se justificarán previamente los gastos habidos por el importe ya percibido. Su incumplimiento dará lugar a la devolución de los fondos percibidos.

Sevilla, 11 de noviembre de 1999

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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