Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 09/02/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 7/1999, de 12 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Humilladero (Málaga), de un solar sito en la urbanización Llano de Villa Araceli de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria; y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Humilladero (Málaga) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar ubicado en la urbanización «Llano de Villa Araceli¯, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 12 de enero de 1999,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Humilladero (Málaga) del siguiente solar:

Solar que forma parte de la Urbanización «Llano de Villa Araceli¯, en el Paraje El Convento, Partido de Los Arenales, término de Humilladero. Está destinado a equipamiento, tiene una superficie total de 6.288,75 m¯, y en el Plano de Superficies Globales Corregidas de la Urbanización se denomina Equipamiento-2. Linda: Al Norte, solares de la Urbanización del Sector URP-7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Humilladero; al Sur, con vial F; al Este, con vial B; y, al Oeste, con vial A, todos de la misma urbanización.

Figura inscrito a favor del Ayuntamiento de Humilladero en el Registro de la Propiedad de Antequera al folio 073 del tomo

1.152, libro 46 de Humilladero, finca 2.736.

Segundo. De acuerdo con el artículo 14 de la citada Ley, el solar deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, quedando adscrito a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 12 de enero de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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