Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 09/02/1999

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 18 de enero de 1999, de la Universidad de Almería, por la que se rectifica la convocatoria de becas predoctorales. (BOJA núm. 48, de 30-4-98).

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Por Resolución del Rector núm. 451, de 14 de abril de 1998, se convocan a concurso público cuatro becas predoctorales de investigación financiadas con los fondos del Plan Propio de Investigación para 1998 (aprobado en sesión de la Comisión Gestora celebrada el 3 de abril de 1998), publicándose en el BOJA núm. 48, de 30 de abril de 1998.

La citada convocatoria establece en el punto d) del apartado «Criterios de selección¯ lo siguiente: «Las renuncias o bajas que se produzcan entre los becarios de nueva concesión antes del 1 de noviembre de 1998 podrán cubrirse, a juicio de la Comisión de Investigación, por los segundos clasificados (o siguientes, si éstos también renunciaran) de cada grupo¯.

Debido al carácter complementario y subsidiario del Plan Propio respecto al Plan Andaluz de Investigación y de otros planes nacionales, en la Resolución de la citada convocatoria de becas se exigía a los beneficiarios de éstas la presentación de solicitud de beca en la próxima convocatoria de becas de la Junta de Andalucía.

Dado que la resolución de las convocatorias de becas de la Junta de Andalucía y del Ministerio se realizará con posterioridad al 1 de noviembre, la Comisión Gestora, en reunión celebrada el 9 de noviembre de 1998, aprobó modificar el apartado antes mencionado de la convocatoria de becas predoctorales en los siguientes términos:

«Las renuncias o bajas que se produzcan entre los becarios de nueva concesión por conseguir éstos una beca en la siguiente convocatoria de becas del Ministerio o de la Junta o por cualquier otro motivo, podrán cubrirse, a juicio de la Comisión de Investigación, por los segundos clasificados (o siguientes, si éstos también renunciaran) de cada grupo. El plazo para realizar esta sustitución de becarios lo determinará la Comisión de Investigación en función de las fechas en que se produzcan la resolución del Ministerio y de la Junta. El cómputo final de la duración de la beca que podrá disfrutar el suplente resultará de restar los meses disfrutados por el becario que cesa¯.

La presente modificación tiene el objetivo de que el Plan Propio no vea disminuida su oferta de becarios. Parece lógico que, en base a sus mejores expedientes, muchos de los becarios del Plan Propio sean los mismos que posteriormente obtengan becas en la Junta o el Ministerio, con la consiguiente renuncia a nuestra beca. De ahí que se apruebe la modificación de la fecha para cubrir las posibles vacantes una vez se resuelvan las convocatorias de la Junta y del MEC.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa según el art. 8.2 de la Ley 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería (BOJA núm. 72, de 6 de julio de 1993), podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Unipersonal de lo Contencioso-Administrativo de Almería, sito en la calle Conde Ofalia, núm. 22, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación del presente escrito, conforme a lo dispuesto en el art. 8.3 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14-4-98).

Almería, 18 de enero de 1999.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

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