Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 13/02/1999

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. AGENCIA TRIBUTARIA. DEPENDENCIA REGIONAL DERECAUDACION DE SEVILLA

ANUNCIO de subasta. (PP. 4039/98).

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Por la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Andalucía, se ha dictado la siguiente

PROVIDENCIA

Visto el expediente administrativo de apremio que por la Unidad Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la AEAT de Andalucía, se sigue contra H.T.M. 90, S.A., con CIF A41405770, como consecuencia del impago de determinadas deudas con la Hacienda Pública habiéndose acordado el día 24 de noviembre de 1998 la enajenación en pública subasta del bien inmueble embargado, procede mediante la presente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 1684/90, de 20 de diciembre (BOE núm. 3, de 3-1-91).

Decretar la venta en pública subasta de dicho bien inmueble, que se celebrará el día 6 de abril de 1999, a las 10 horas de la mañana en el Salón de Actos de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Sevilla, sita en calle Tomás de Ibarra, número 36, planta primera.

DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE

Lote único.

Urbana: Solar formado por las parcelas Uno, Dos, Tres, Cuatro y Cinco del Plano de Urbanización del Polígono Industrial Especial de la Autopista de San Pablo o de Calonge de Sevilla de treinta y siete mil cuatrocientos veintiún metros cuadrados.

Finca número 8849, inscrita al folio 132 vº, libro 276, tomo

1627, Sección Sevilla segunda del Registro de la Propiedad núm.

11 de Sevilla.

Valoración: 1.241.464.000 ptas.

Cargas preferentes a las del Estado: 1.100.573.731 ptas. Tipo de subasta en primera licitación: 140.890.269 ptas. Tramos de licitación en primera subasta: 500.000 ptas. Tipo de subasta en segunda licitación: 105.667.701 ptas. Tramos de licitación en segunda subasta: 500.000 ptas.

En cualquier momento anterior al de la adjudicación de los bienes, podrá liberarse el bien pagando los débitos y costas del procedimiento.

Notifíquese esta providencia conforme establece el artículo

146.2 del Reglamento General de Recaudación, haciendo constar en la misma que en cualquier momento anterior al de la adjudicación del bien podrá liberarse el mismo pagando los débitos y costas del procedimiento.

En virtud a lo anteriormente expuesto, se hace público el presente anuncio y se advierte a todos los interesados que la citada subasta se realizará con sujeción a las siguientes condiciones:

Primero. Los títulos de propiedad, que han sido suplidos por Certificación de lo que de los mismos resulta en el Registro de la Propiedad en que constan inscritos, estarán de manifiesto en la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la AEAT de Andalucía, para que puedan examinarlos quienes deseen tomar parte en la subasta hasta el día anterior a la misma (de 9 h a 14 h de lunes a viernes), entendiéndose que se conforman con ellos sin que tengan derecho a exigir ningún otro.

Segundo. Obligación de constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será, al menos, del 20% del tipo de aquélla, con advertencia de que dicho depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las

responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

Tercero. Prevención de que la subasta se suspenderá en

cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.

Cuarto. Obligación del rematante de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

Quinto. Admisión de ofertas en sobre cerrado, que deberán ajustarse a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 147 de este Reglamento.

Sexto. Posibilidad de realizar una segunda licitación cuando la Mesa, al finalizar la primera, lo juzgue pertinente, así como posibilidad de adjudicación directa cuando los bienes no hayan sido adjudicados en la subasta.

Séptimo. Que las cargas o gravámenes anteriores y

preferentes al Derecho del Estado quedarán subsistentes sin aplicarse a su extinción el precio del remate, entendiéndose que los rematantes los aceptan y quedan subrogados en las responsabilidades de los mismos.

Octavo. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo

158 del Reglamento General de Recaudación, el Estado se reserva el derecho a pedir la adjudicación de los bienes embargados, cuando en el procedimiento de enajenación regulado en el Capítulo VI del Título I del Libro III del RGR no se hubieren adjudicado.

Noveno. Que los gastos de escritura y cuantos se deriven de la adjudicación serán de cuenta del rematante.

Décimo. En el caso de deudores u otros interesados con

domicilio desconocido, la notificación de subasta se entenderá efectuada, a todos los efectos legales, por medio del presente anuncio.

El presente anuncio de subasta será expuesto al público en el tablón de anuncios de las Delegaciones de la AEAT de Sevilla y en el del Ayuntamiento de Sevilla. Asimismo se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 24 de noviembre de 1998.- El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación.

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