Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 20/02/1999

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. ONCE DE MADRID

EDICTO. (PP. 4026/98).

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La Secretario del Juzgado de Primera Instancia número once de Madrid hace saber:

Que en los autos que a continuación se dirán, obra dictada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

S E N T E N C I A

En la ciudad de Madrid, a veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

La Ilma. Sra. doña María del Mar Crespo Yepes, Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia número once de los de esta capital, ha visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo núm. 00988/1992, promovidos por Barclays Bank, S.A., representado por el Procurador don Roberto Granizo Palomeque, y dirigido por el Letrado don Víctor Velasco Lavín, contra Import Motor, S.A., Rafael Gargallo Romero y Petra Garretas Cruz, declarados en rebeldía, y

F A L L O

Que estimando como estimo íntegramente la demanda deducida en representación de Barclays Bank, S.A., en la persona del Procurador de los Tribunales Roberto Granizo Palomeque contra Import Motor, S.A., Rafael Gargallo Romero y Petra Garretas Cruz, en rebeldía en este procedimiento, debo condenar y condeno a éstos a que abonen a la actora la suma reclamada de

1.424.825 ptas. más los intereses de demora que se devenguen de las cantidades vencidas e impagadas desde las fechas de vencimiento de las obligaciones de pago al tipo del 24% anual pactado en la condición general séptima. Asimismo se declara finalizado el contrato de arrendamiento pactado entre las partes que ha dado lugar a la presente demanda, condenando a los demandados a devolver a Barclays Bank, S.A., el bien arrendado, en perfecto estado, y a pagar, en concepto de indemnización por el tiempo transcurrido desde el vencimiento del contrato hasta que se entreguen los bienes una cantidad igual al importe de la renta devengada durante la vigencia del contrato. Así como al pago de las costas procesales.

Contra esta sentencia cabe interponer ante el Magistrado-Juez de este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y expido el presente para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada Import Motor, S.A., Rafael Gargallo Romero y Petra Garretas Cruz y actualmente en ignorado paradero.

Madrid, 2 de diciembre de 1998.- La Secretario.

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