Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 25/02/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 25 de enero de 1999, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se procede a la publicación de la relación de aspirantes que han sido considerados aptos en las pruebas para la habilitación como Guías de Turismo de Andalucía.

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Por Orden de la Consejería de Turismo y Deporte, de 23 de marzo de 1998, se convocaron las pruebas para la obtención de la habilitación como Guías de Turismo de Andalucía.

El artículo 9 de la citada Orden faculta al Director General de Planificación Turística para que, por Resolución, se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la relación de personas que superen las pruebas para la obtención de habilitación como Guías de Turismo de Andalucía.

Por lo expuesto, resuelvo:

Primero. Publicar la relación de aspirantes que han sido considerados aptos en las pruebas para obtener la habilitación como Guías de Turismo de Andalucía en las provincias e idiomas que se reseñan. Ver Anexo I.

Segundo. Publicar la relación de Guías de Turismo que han sido considerados aptos en las pruebas para ampliar su habilitación a otras provincias o idiomas. Ver Anexo II.

Tercero. Las personas que hayan superado las pruebas podrán ser habilitados como Guías de Turismo de Andalucía, previa solicitud e inscripción en el Registro Oficial correspondiente. Asimismo, los Guías de Turismo deberán solicitar la ampliación de su habilitación en las provincias o idiomas que han demostrado su aptitud.

Cuarto. Los aspirantes que han sido considerados aptos y que se encuentran señalados con un (*) en el Anexo I, tendrán condicionados los efectos de la superación de las pruebas a la aportación de la correspondiente credencial acreditativa de la homologación por el Ministerio de Educación y Cultura de las titulaciones o certificaciones del nivel exigido, obtenidas en algún Estado miembro de la Unión Europea, Estado Asociado al Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con convenio de reciprocidad con el Estado español en este ámbito. La citada documentación habrá de ser aportada en el plazo máximo de doce meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA de la Orden de 23 de marzo de 1998, por la que se convocan pruebas para la habilitación como Guías de Turismo de Andalucía.

Quinto. La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de enero de 1999.- El Director General, Joaquín Aurioles Martín.

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