Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 27/02/1999

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 20 de enero de 1999, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales, por la que se adjudican destinos a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Oficiales de la Administración de Justicia (turno promoción interna).

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Vistas las solicitudes presentadas por los Oficiales de la Administración de Justicia que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 17 de noviembre de 1997 en el ámbito de Andalucía (turno promoción interna), nombrados funcionarios de carrera en virtud de Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 30 de octubre de 1998 (BOE de 11 de diciembre de

1998).

Esta Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales ha resuelto adjudicar destino en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo.

Los Oficiales de la Administración de Justicia nombrados en virtud de esta Resolución deberán tomar posesión en sus cargos dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.

En caso de que los Oficiales de nuevo ingreso quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su destino actual un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquéllos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo (art. 6.1.g del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero).

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del art. 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero), los nombrados por turno de promoción interna deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:

Primera. Cuando un funcionario de carrera del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de Oficiales y desee permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación de excedencia en aquél al que accede, deberá manifestar esta opción en el acta de toma de posesión regresando a continuación a su destino de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida por el Secretario del Organo Judicial correspondiente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía a la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales de esta Consejería, siéndole concedida la excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.

Segunda. En caso de no manifestar la opción citada, se entenderá que optan por el nuevo puesto y la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía correspondiente, dentro de su ámbito territorial, les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Oficiales al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales y al órgano judicial de origen.

Los nombrados en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en concurso de traslado hasta que transcurra un año desde la toma de posesión de su cargo, de acuerdo con lo establecido en el art. 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se delega en los Delegados del Gobierno de la Junta de

Andalucía la concesión de excedencia en los supuestos previstos en esta Resolución.

Contra esta Resolución podrán los interesados formular

recurso contencioso-administrativo ante la Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de los dos meses siguientes contados a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Sevilla, 20 de enero de 1999.- El Director General, J.

Antonio Muriel Romero.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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