Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 06/03/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 14 de diciembre de 1998, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas de niveles no universitario durante 1998 en la provincia de Jaén.

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Habiéndose convocado por Orden de 13 de julio de 1998, (BOJA núm. 88, de 6-8-98) las ayudas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles Andaluzas, en los niveles no Universitarios durante 1998, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo Octavo.1 de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud de los artículos Décimo, Undécimo y Decimosegundo,

HA RESUELTO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria 0-1-18.00.03.23 48600.12J. 3.

Segundo. Las entidades beneficiarias deberán justificar, en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de cobro de la subvención, la correcta inversión de la ayuda concedida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los Gestores de la Entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se concedió la ayuda, y que éste ha quedado asentado en su contabilidad.

b) Carpeta-índice que incluya todos los originales de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido que sea imputable a la ayuda concedida.

c) Memoria Evaluadora del Plan de Actividades.

Tercero. Hacer constar en la publicidad de las actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Admitir la presencia de evaluadores de la Consejería de Educación y Ciencia.

Quinto. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo del Programa de Actividades en el momento que se produzca.

Sexto. Proceder al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los casos previstos en el artículo 112 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, igualmente en los supuestos contemplados en los artículos 111 y 21 de dicha Ley.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos

110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 37.1 de la Ley de 27 de diciembre de

1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

A.A. "EL EDUCANDO" C.P. FRCO.BADILLO (VILLATORRES) 55.0000.- A.A. "TRES VIOLETAS" C. STA. MARIA DE LA 30.000.- CAPILLA (JAEN)

A.A. "MULEY XEQUE" C.P.M.E.A. PEDRO DE ESCAVIAS 60.000.- (ANDUJAR)

A.E. "BABEL" ESCUELA DE IDIOMAS (LINARES) 50.000.- A.A. "RURADIA" C.P.C. NUEVA ANDALUCIA (RUS) 300.000.- A.A. "S.A.F.A. SAGRADA FAMILIA (LINARES) 40.000.- A.A. "ALTO GUADALQUIVIR" C.P. SAN VICENTE 47.400.- MARTIR (MOGON)

A.A. "ADELAIDA" I.E.S. NARCISO MESA FERNANDEZ 153.034.- (JODAR)

A.A. "EL ENCUENTRO" C.P.M.E.A. DOLORES GONZALEZ 25.000.- OSORIO (CAMPILLO DE ARENAS)

Jaén, 14 de diciembre de 1998.- La Delegada, Aurelia Calzada Muñoz.

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