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En virtud de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales de adquirentes de viviendas de Promoción Privada, concedidas por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Cádiz, 10 de diciembre de 1998.- El Delegado, José de Mier Guerra.
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