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Vista la petición formulada por don Guillermo Méndez Sánchez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, NRP
34843648/02/A3015, para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Interventor del Ayuntamiento de Huércal de Almería (Almería), así como las Resoluciones favorables de fecha 25 de enero de 1999 adoptadas por la Presidencia de esa Corporación y por la del Ayuntamiento de Liétor (Albacete), de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto
467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de
29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
Esta Dirección General ha resuelto:
Nombrar a don Guillermo Méndez Sánchez, como Interventor, con carácter provisional, del Ayuntamiento de Huércal de Almería (Almería).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48 apartado e) de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109 apartado d) de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 14 de la misma Ley.
Sevilla, 3 de febrero de 1999.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.
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