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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 204/1995, de
29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, a la vista de lo dispuesto en el Decreto 21/1985, de 5 de febrero, que regula las Secretarías Generales de las Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 90/1993, de 13 de julio, y teniendo en cuenta el importante volumen de trabajo que tiene esta Delegación en virtud de los ámbitos materiales de competencias que gestiona,
A C U E R D O
Primero. Delegar en los Jefes de Servicio y en los Directores de: El CEMAC, la Residencia de Tiempo Libre de Punta Umbría, el Centro de F.P. Ocupacional «Vistalegre¯ y el Centro de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la competencia de autenticación de copias de documentos públicos y privados, atribuida a la Secretaría General, respecto de la documentación exigida por las distintas normas reguladoras de la gestión de los respectivos Servicios y Centros.
Segundo. Delegar en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo la competencia de autenticación de copias de documentos públicos y privados, atribuida a la Secretaría General, respecto de la documentación exigida por las distintas normas reguladoras de la gestión de los respectivos Servicios y Centros.
Tercero. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Huelva, 19 de enero de 1999.- El Secretario General, José Luis Díez Cuéllar.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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