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El Pleno Municipal de este Ayuntamiento en sesión celebrada, con carácter de ordinaria y en primera convocatoria el día tres del mes actual, aprobó el expediente de convocatoria de una plaza de Policía Local adscrita a la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 1998, cuyas bases se desarrollan a continuación:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE POLICIA LOCAL: OFERTA DE EMPLEO PUBLICO 1998
Por el Secretario, se da a conocer las Bases redactadas para regir la convocatoria pública para la provisión en propiedad de una plaza de Policía Local, que literalmente es como sigue:
BASES
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de una plaza vacante en la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría POLICIA LOCAL.
1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el artículo 14 de la Ley 1/1989, de 8 de Mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran en el grupo D. del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de Agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
2.- LEGISLACION APLICABLE
Las presentas Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley
1/1989, de 8 de Mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto 196/1992, de 24 de Noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de Abril, Ley 30/1984, de 2 de Agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto
364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
3.1.- Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
El Campillo, 12 de febrero de 1999.- El Secretario, El Alcalde-Presidente.