Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 30/03/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 5 marzo de 1999, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se pone a disposición de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, SA, el Centro de Actividades Náuticas y la Ciudad Deportiva de Huelva.

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El Decreto 496/1996, de 26 de noviembre, autorizó la constitución de la Empresa Pública del Deporte Andaluz, S.A., siendo adscrita a la Consejería de Turismo y Deporte. Tanto el mencionado Decreto como los Estatutos de la Sociedad disponen que el objeto social de esta entidad instrumental está constituido, entre otros cometidos, por la gestión de las instalaciones deportivas que se pongan a su disposición para su uso y gestión por la Administración de la Junta de Andalucía.

Tras la constitución de la Empresa Pública y la adquisición de personalidad jurídica, la Orden de 16 de mayo de 1997, ha regulado la efectiva prestación de las actividades asignadas a la sociedad y ha puesto a disposición de la misma algunas instalaciones deportivas, determinando que los órganos competentes para poner a disposición de la empresa otras instalaciones deportivas y para asignarle la realización de actividades deportivas serán aquellos centros directivos que lo sean en función de las competencias atribuidas por el Decreto

181/1996, de 14 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte; en su disposición final primera faculta a la Secretaría General para el Deporte para dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de la Orden.

Por este Centro Directivo se considera necesaria la puesta a disposición de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., de la Ciudad Deportiva y del Centro de Actividades Náuticas de Huelva, al objeto de que gestione ambas instalaciones con sometimiento a la normativa que le es aplicable; en virtud de que la segunda de las instalaciones es titularidad del Puerto Autónomo de Huelva existiendo una concesión administrativa a favor de la Consejería de Turismo y Deporte, se ha recabado previamente la autorización de aquel.

En virtud de lo anterior y del artículo 5 del Decreto 181/1996, de 14 de mayo, de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio y previa aceptación de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., de fecha 26 de enero de 1999.

HE RESUELTO

Primero. Poner a disposición de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., el Centro de Actividades Náuticas y la Ciudad Deportiva de Huelva.

La presente puesta a disposición conllevará el ejercicio de las facultades y obligaciones derivadas de la gestión de las instalaciones, no suponiendo la trasmisión de la titularidad de ningún derecho, manteniendo la Administración de la Junta de Andalucía la potestad de tutela en todo momento.

Segundo. Tendrán la consideración de recursos de la Empresa de Deporte Andaluz, S.A., en los términos del artículo 2.2 del Decreto 496/1996, de 26 de noviembre, los ingresos derivados de las contraprestaciones exigidas por la misma para la realización de sus actividades, que se efectuarán en régimen de Derecho Privado, razón por la cual las tarifas reguladoras de las mismas no tendrán la consideración de precios públicos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5.2 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Los costes derivados del ejercicio de dicha gestión se efectuarán con cargo al programa de actuación, inversión y financiación de la Empresa.

Cuarto. La presente Resolución, que surtirá efectos desde la fecha de su publicación, podrá ser revocada previa audiencia a la Empresa, una vez puesta de manifiesto a la misma en los términos y plazos regulados por el art. 84 de la vigente Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de marzo de 1999.- El Secretario General para el Deporte, Javier Sánchez-Palencia Dabán.