Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 09/01/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 16 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se suspende temporalmente el Título de Granja de Protección Sanitaria Especial a la Explotación Ganadera de Porcino Frajana, 102-GR- 0004 del término municipal de Escóznar-Illora (Granada), de su calificación sanitaria.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Granada y al amparo de la normativa que regula la lucha contra la Peste Porcina Africana y otras enfermedades del ganado de cerda (R.D. 791/79, de 20 de febrero, Orden del Ministerio de Agricultura de 21-10-98 y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de

9.2.1982), se otorgó la correspondiente calificación sanitaria de Granja de Protección Sanitaria Especial, a la explotación porcina Frajana, 102-GR-0004 del término municipal de Escóznar- Illora (Granada), mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 6-7-1990. El artículo 7 de la Resolución de 9-2-82, antes mencionada, prevé la suspensión temporal del Título concedido, por la presencia de forma temporal, en la explotación, de determinadas enfermedades y hasta que cesen las causas que motivan la suspensión.

Por otra parte, el R.D. 245/95, de 17 de febrero, por el que se establece el programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, dispone en el artículo 5.3 que las Granjas de Sanidad Comprobada y de Protección Sanitaria Especial contempladas en el R.D. 791/79, deberán calificarse sanitariamente frente a la enfermedad de Aujeszky y deberán cumplir lo dispuesto en dicho Real Decreto.

Ante el incumplimiento consistente en la no consecución en los plazos previstos de la calificación sanitaria frente a la enfermedad de Aujeszky. A propuesta de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Granada y en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Suspender temporalmente la calificación sanitaria otorgada a la explotación antes mencionada.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso ordinario ante el Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado desde el día de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Resolución será notificada al interesado.

Sevilla, 16 de noviembre de 1998.- El Director General, Luis Gázquez Soria.

Descargar PDF