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En virtud de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública y en el artículo 18 de la Ley
8/96 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones a promotores de rehabilitación de viviendas, regulados por Real Decreto 2190/95 del Ministerio de Fomento, y otorgadas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes a las personas que a continuación se relacionan:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Málaga, 2 de diciembre de 1998.- El Delegado, Carlos Morales Cabrera.
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