Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 57/1987, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Andaluz de Consumo, a propuesta de la Directora General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica, y en virtud de los artículos 39 y 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y en el artículo 3 del Decreto del Presidente
132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías,
DISPONGO
Artículo único. Vengo en nombrar como miembro titular del Consejo Andaluz de Consumo a doña María Angeles Rebollo Sanz, por la Federación Andaluza de Consumidores, Amas de Casa (Al- Andalus), con todas las atribuciones que le confiere la legislación vigente.
Sevilla, 16 de marzo de 1999
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
Descargar PDF