Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 15/04/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de marzo de 1999, por la que se establece la homologación de cursos de formación permanente realizados en desarrollo de los planes de formación continua, durante 1998.

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La Orden de 15 de julio de 1993, sobre clasificación y homologación de actividades de formación permanente (BOJA de 10 de agosto), establece que, a efectos de su reconocimiento por la Consejería de Educación y Ciencia, se consideran actividades de formación permanente las dirigidas al profesorado y personal especializado que preste servicios en los Centros sostenidos con fondos públicos en los que impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial, y en servicios técnicos de apoyo a los mismos. Igualmente establece que tendrán validez a efectos de su reconocimiento oficial, las actividades organizadas u homologadas por la Consejería de Educación y Ciencia o, en su caso, por otras Administraciones educativas.

En dicha Orden se establece la posibilidad y el procedimiento de homologación de actividades de formación no regladas realizadas por entidades privadas, pero no se contempla la posibilidad de homologar cursos realizados por estas mismas entidades.

Desde la publicación de la mencionada Orden, los sindicatos y organizaciones patronales de la enseñanza vienen realizando cursos de formación dirigidos al profesorado, dentro de los «planes de formación continua¯ aprobados y financiados por la Fundación para la Formación Continua (FORCEM), o en el marco del Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas (AFCAP). Y teniendo en cuenta las características de las actividades de formación incluidas en los «planes de formación continua¯, en cuanto a interés y control social de las mismas, parece procedente establecer la posibilidad de su homologación, como actividades de formación permanente del profesorado.

En consecuencia y a propuesta de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto de homologación.

Los cursos de formación permanente dirigidos al profesorado de los Centros públicos y privados concertados de niveles educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizados durante 1998, por los sindicatos y las organizaciones patronales de la enseñanza, en desarrollo de los «planes de formación continua¯ aprobados por la FORCEM y los llevados a cabo, en el mismo año, por los sindicatos en desarrollo de los planes de formación continua aprobados por la Comisión General para la Formación Continua para las Administraciones Públicas, podrán ser homologados por la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Ciencia, siempre que cumplan con los requisitos y procedimiento que se establecen en la presente Orden.

Artículo 2. Requisitos.

Los requisitos a que se refiere el apartado anterior son los siguientes:

- Que los objetivos, contenidos y métodos de los cursos de formación permanente sean coherentes con los Decretos que, en desarrollo de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, establecen las distintas enseñanzas, no universitarias, en Andalucía.

- Que los cursos de formación estén dirigidos al profesorado de los Centros sostenidos con fondos públicos de Andalucía.

- Que los cursos hayan sido aprobados, a través de convocatoria pública, por la Fundación para la Formación Continua o por la Comisión General para la Formación Continua.

Artículo 3. Procedimiento.

La homologación se llevará a cabo para cada uno de los cursos, una vez presentada en la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado la documentación

siguiente:

- Solicitud de homologación, según modelo que figura en el Anexo I de esta Resolución.

- Plan de Formación Continua con acreditación de su aprobación por la Fundación para la Formación Continua, o por la Comisión General para la Formación Continua.

- Memoria de resultados del curso.

- Acta de evaluación en la que se relacionen, con nombre y apellidos, los Profesores, con indicación del número del DNI, Centro de destino y, en su caso, número de Registro de

Personal, que tengan derecho a certificación. El acta deberá estar firmada y sellada en todas sus páginas por el

representante legal de la Entidad.

Artículo 4. Certificaciones.

En las certificaciones de asistencia del profesorado a los cursos de formación que sean homologados figurará diligencia de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, para hacer constar dicho extremo. Las

certificaciones serán expedidas por la entidad organizadora y suscritas por su representante legal conforme al modelo que figura como Anexo II de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Orden de esta Consejería de 15 de julio de

1993, sobre Registro y Certificación de Actividades e Formación Permanente del Profesorado (BOJA de 10 de agosto), y su correspondiente Corrección de Errores de 6 de septiembre de

1993 (BOJA de 21 de septiembre).

Artículo 5. Plazo de presentación.

El plazo para la presentación de solicitudes y documentación a la que hace referencia el artículo 3 de esta Orden será de 60 días naturales a partir del siguiente de su publicación en el BOJA.

Disposiciones Finales.

Primera. Se autoriza a la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado para la interpretación y aplicación de la presente Orden.

Segunda. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, en el plazo de dos meses desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.b) y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Tercera. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

Sevilla, 18 de marzo de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD DE HOMOLOGACION DE CURSOS DE FORMACION PERMANENTE DEL PROFESORADO EN DESARROLLO DE LOS PLANES DE FORMACION CONTINUA

Don/Doña .................................................... con DNI .........................., como representante legal de ................, con domicilio social en ..................... ............................., Localidad ...................... Provincia ..................... C.P. .......... Teléfono ....................

EXPONE

Que de acuerdo con la Orden de ..........., por la que se establece la homologación de cursos de formación permanente del profesorado realizados en desarrollo de los «Planes de

Formación Continua¯, presenta la siguiente documentación:

- Plan de Formación Continua.

- Acreditación de su aprobación.

- Memoria de resultados.

- Acta de evaluación.

SOLICITA

Le sea concedida la homologación del curso................... ............................................. ............cuyas características se describen en la documentación adjunta, en las condiciones establecidas en la citada Resolución.

En ................, a ......, de .................. de 1999

(sello y firma)

Ilma. Sra. Directora General de Evaluación Educativa y

Formación del Profesorado

ANEXO II

(Certificación de Asistencia a Cursos de Formación,

Homologados)

(1) Don/Doña ................................................ ...............................................................

CERTIFICA que:

El/La Profesor/a ............................................ con DNI núm. ............., del Centro ........................ y con el Núm. de Registro Personal ............, ha participado en la actividad (2) ........................................... de (3) ..................... horas de duración, organizada por (4)..................... y celebrada en ................ del ...... al ......de .................... 1997.

Y para que conste a los efectos oportunos, expide la presente certificación

en .............. a ...... de ............... de mil

novecientos noventa y nueve.

(Firma y sello)

(1) Nombre y apellidos y cargo del responsable de la entidad organizadora de la actividad.

(2) Denominación completa de la actividad de formación. (3) El número de horas deberá ir expresado en letras.

(4) Nombre completo de la entidad organizadora.

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