Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 27/04/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 23 de febrero de 1999, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se reconoce oficialmente e inscribe a la Escuela FENPA de Tiempo Libre y Animación Sociocultural.

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Vista la solicitud presentada por don Manuel Arenas Martos, en nombre y representación y en calidad de Presidente de la Entidad Titular «Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía¯, según consta acreditado documentalmente en el expediente, en orden al reconocimiento por el Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería de la Presidencia, de la Escuela «FENPA¯ de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, y su inscripción en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, dependiente de dicho Organismo, se dicta la presente Resolución, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

H E C H O S

Primero. Con fecha 22 de octubre de 1991 se inscribe la Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía en el Registro Provincial de Asociaciones de la Delegación en Sevilla, de la Consejería de Gobernación, con el número 56 de la Sección 2ª, actualmente, con domicilio sito en Avda. Héroes de Toledo, s/n. Edificio Toledo II, pta. 3ª, Módulo, 41006, Sevilla.

Segundo. Con fecha 2 de diciembre de 1998, don Manuel Arenas Martos, en calidad de Presidente de la Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, procedió a solicitar el reconocimiento oficial de la Escuela «FENPA¯ de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, adjuntando documentación y extremos exigidos por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre.

Tercero. Según la certificación expedida por don José María Gallego Manzano, Secretario de la Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, en la Reunión del Consejo Directivo de la Federación celebrada el día 2-9-1998, se acuerda la constitución de la Escuela «FENPA¯ de Tiempo Libre y Animación Sociocultural.

Cuarto. Por la Secretaría General de este Organismo Autónomo, se ha emitido el correspondiente informe, del que se desprende que la Federación de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía ha presentado la documentación exigida por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, entre la que se encuentran los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno que han de regir el funcionamiento de la Escuela citada.

En dichos Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno consta, como es reglamentario, la denominación de la entidad titular y la de la propia Escuela, domicilio, recursos económicos, las normas de régimen interno, los órganos de dirección, administración y el sistema de participación. Asimismo presentan el Proyecto Educativo, que es conforme a las normas constitucionales y la Memoria de las instalaciones, locales y recursos didácticos de que dispone la Escuela así como los Programas de formación de los diferentes niveles, ajustándose adecuadamente al programa oficial establecido por la Consejería de Cultura en la Orden de 21 de marzo de 1989.

También se acompaña a la referida documentación, certificaciones acreditativas de los extremos que se requieren en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver sobre el reconocimiento de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Socio-Cultural corresponde al Instituto Andaluz de la Juventud en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre), en relación con la

Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, de Medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público (BOJA núm.

151, de 31 de diciembre), por la que se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia, y el Decreto 118/1997, de 22 de abril (BOJA núm. 49, de 26 de abril), por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del citado Instituto.

Segundo. El Proyecto de creación de la Escuela «FENPA¯ de Tiempo Libre y Animación Sociocultural cumple las exigencias establecidas en el citado Decreto 239/1987, de 30 de

septiembre; se ha presentado la documentación exigida en su artículo 4, recogiéndose en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno de la misma lo establecido por los artículos 5 y 6 del citado Decreto en cuanto a los órganos de participación y equipo docente.

Tercero. El Programa de Formación presentado por la Escuela «FENPA¯ para los niveles de Monitor de Tiempo Libre y de Animador Sociocultural, se adecua a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Cultura, de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los Programas de Formación de las Escuelas de Tiempo Libre y animación sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 26, de 3 de abril), para los niveles indicados.

Previo informe favorable, y teniendo en cuenta las

disposiciones citadas y las normas de general aplicación.

HE RESUELTO

1. Reconocer oficialmente a la Escuela «FENPA¯ de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, con sede en la Avenida Héroes de Toledo, s/n. Edificio Toledo II, pta. 3ª Módulo 3, 41006, Sevilla.

2. Ordenar la inscripción de la misma en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de

Andalucía.

3. Sellar y diligenciar los Estatutos y Reglamento de Régimen Interno de la Escuela citada, así como remitir copia de los mismos a la Entidad Titular.

Notifíquese esta Resolución al interesado en la forma

establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;

advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, contado a partir de aquél en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 109 y 114.2, en relación con el artículo 48.2 del mismo texto legal.

Sevilla, 23 de febrero de 1999.- El Director General,

Federico Pérez Peralta.

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