Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 29/04/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 7 de abril de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la Resolución adoptada por la Consejera resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Juan Rodríguez Morales contra la Resolución recaída en el expediente sancionador que se cita (J-032/97-EP).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Juan Rodríguez Morales, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a quince de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén se dictó resolución en el expediente arriba referenciado.

Segundo. Notificada la misma el día 26 de mayo de 1997 se interpuso por el interesado recurso ordinario con fecha 3 de julio de 1997.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

A tenor de lo dispuesto en el art. 39.8 de la Ley 6/1983, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, resulta competente para la resolución del presente recurso ordinario la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia.

La Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de competencias en materia de resolución de recursos administrativos, le atribuye esta competencia al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Gobernación y Justicia.

I I

De acuerdo con lo previsto en el art. 114.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición del recurso ordinario será de un mes a partir, según su artículo 48.4, del día en que tenga lugar la notificación.

I I I

A la vista de la fecha de la notificación de la resolución (26.5.1997) y de la de interposición del recurso ordinario (3.7.1997), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, resuelvo no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo confirmando la resolución recurrida.

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera de la citada Ley. El

Viceconsejero de Gobernación y Justicia, Por suplencia (Orden

17.6.98), Fdo.: Presentación Fernández Morales¯.

Sevilla, 7 de abril de 1999.- El Secretario General Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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