Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 13/05/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 12 de abril de 1999, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Ogijares (Granada), en clase segunda y se crea la intervención de clase segunda.

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El Ayuntamiento de Ogijares (Granada) ha solicitado de esta Dirección General la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría de esa Corporación, actualmente de clase tercera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en clase segunda y la creación del puesto de trabajo de Intervención, igualmente de clase segunda, en sesión celebrada el día 22 de septiembre de

1998, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 9 del del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puesto de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, esta Dirección General ha resuelto:

Artículo único.

1. Clasificar el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Ogijares, perteneciente a la provincia de Granada, denominado Secretaría, en clase segunda, quedando como Secretario, con carácter definitivo, don Antonio Castro Barranco, con NRP 24154384/24/A3015.

2. Crear el puesto de trabajo de Intervención, de clase segunda.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 14 de la misma Ley.

Sevilla, 12 de abril de 1999.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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