Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 15/05/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Dirección General de Cooperativas, sobre la notificación a la entidad IMPAYMA, SCA, de la Resolución que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación sin que haya surtido efecto, por medio de este anuncio.

El tenor literal de la Resolución de fecha 18 de septiembre de

1998 es el siguiente:

Expte.: SC.036.MA/97.

IMPAYMA, S. Coop. And.

Visto el expediente de subvención obrante en esta Dirección General a nombre de IMPAYMA, S. Coop. And. que se tramita en base a la Orden de 5 de mayo de 1995, sobre Desarrollo de las Medidas de Promoción Cooperativa.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 16 de marzo de 1998, la Dirección General de Cooperativas resolvió conceder a IMPAYMA, S. Coop. And. una subvención por importe de 1.000.000 ptas., para cofinanciar inversiones en elementos transporte, por valor total de

4.000.000 ptas.

Segundo. La entidad beneficiaria tuvo conocimiento del contenido de la Resolución el día 19 de marzo de 1998.

Tercero. En la condición resolutoria 3ª de la citada Resolución se establece un plazo de 2 meses para la entrega de documentación a efectos de tramitación de la correspondiente orden de pago.

Cuarto. Transcurrido dicho plazo no se ha recibido la documentación requerida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 50.1 de la Orden de la Consejería de Trabajo e Industria de 30 de julio de 1997, establece que la competencia para resolver el presente expediente corresponde, por delegación del Consejero de Trabajo e Industria, al Director General de Cooperativas.

Segundo. En virtud del artículo 48 de la Ley 6/93, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las resoluciones que dicte el Director General de Cooperativas a resultas de una competencia delegada ponen fin a la vía administrativa.

Vista las disposiciones legales citadas y demás normas concordantes en vigor y de general aplicación, esta Dirección General de Cooperativas

R E S U E L V E

1º Dejar sin efecto la Resolución de fecha 16 de marzo de

1998, por la que se concedía a IMPAYMA, S. Coop. And. con CIF núm. F-29789369 una subvención de un millón de pesetas (1.000.000 ptas.).

2º Barrar el documento contable AD correspondiente a la citada subvención.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, en forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la advertencia expresa de que contra la misma, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla,

debiéndose acreditar previamente la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la anteriormente citada Ley.

Sevilla, 18 de septiembre de 1999.- El Director General de Cooperativa, Fernando Toscano Sánchez.